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La Sección Quinta del Consejo de Estado tumbó el fallo que ordenaba reintegrar a su cargo a la exdetective del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Alba Luz Flórez Gelvez, más conocida como la ‘Mata Hari’ y el pago de una indemnización por el tiempo que estuvo fuera de su cargo después que fuera declarada insubsistente por el organismo de seguridad e inteligencia por el denominado escándalo de las ‘chuzadas’.
El tribunal de lo contencioso administrativo aceptó los argumentos presentados en una acción de tutela por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en la que se indicaba que el fallo de segunda instancia iba en contra vía de la ley debido a la complejidad del caso por la que fue sancionada. (Ver Una tutela contra la Mata Hari)
“Es claro que las razones que llevaron a la institución a disponer el retiro del servicio de la detective, además de constar en el acto administrativo, igualmente se encontraban registradas en la hoja de vida, en los archivos de la institución y en el informe reservado de contrainteligencia, como lo exige la jurisprudencia reiterada de la Sección Segunda del Consejo de Estado que no fue tenida en cuenta por el Tribunal accionado”, indica uno de los apartes del fallo.
El Consejo de Estado determinó que el Tribunal omitió los informes de contrainteligencia que fueron la base para que la la Procuraduría General sancionara disciplinariamente con destitución e inhabilidad por el término de 20 años para ejercer cargos públicos a Flórez Gélvez (Ver Procuraduría dejó en firme fallo disciplinario contra la 'Mata Hari' del DAS)
Según la invesrtigación la 'Mata Hari' ejecutó el plan para obtener información de manera ilegal de las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia y obtener documentos reservados en las investigaciones que se adelantan por ‘parapolítica’, principalmente a Mario Uribe Escobar, primo del expresidente de la República, Álvaro Uribe Vélez.
El 29 de enero de 2010, el entonces director del DAS declaró insubsistente a la funcionaria pues no contaba con la lealtad, confiabilidad y honradez requeridas para el cargo que ella ejercía. La exfuncionaria interpuso una demanda en contra de la institución, que le fue negada en primera instancia al rechazar sus pretensiones.