Publicidad

Corte absuelve a exgobernador Whitman Porras acusado de corrupción contractual

La Corte Suprema de Justicia absolvió a Whitman Herney Porras Pérez, exgobernador del departamento de Casanare de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación. Para la Corte, la Fiscalía no logro probar estos hechos.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
01 de diciembre de 2023 - 05:48 p. m.
Para la Corte la Fiscalía no logro probar que el exgobernador hubiera incurrido en contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Para la Corte la Fiscalía no logro probar que el exgobernador hubiera incurrido en contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Foto: Corte Suprema de Jus
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia decidió absolver a Whitman Herney Porras Pérez, exgobernador del departamento de Casanare, entre 2006 y 2007, quien había sido acusado por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación. El exgobernador fue investigado por las presuntas irregularidades en un contrato para la construcción de viviendas de interés social; sin embargo, la Corte determino que la Fiscalía no entregó pruebas suficientes para ratificar esa hipótesis.

(Le podría interesar: Corte Suprema abre investigación contra el congresista Jairo Humberto Cristo)

El caso está relacionado con la liquidación de un contrato para la construcción de 1.055 viviendas de interés social. Según la Fiscalía, el exgobernador habría liquidado de forma irregular el contrato en diciembre de 2007, lo que generó una perdida para el ente territorial de $397 mil millones, en pagos adicionales al contratista que no correspondían y en el que se dejaron de construir 173 viviendas.

Sin embargo, la Sala determinó que la Fiscalía no logró comprobar estas irregularidades. Explicaron que, si bien existió un retraso de siete meses y medio desde la firma de la póliza y del acta de inicio de contrato, lo cual incrementó el valor de la obra, este se dio por una falla en la planeación de la administración departamental. En este caso consideraron que sí era válido reconocerle al contratista los sobrecostos en la obra.

(Le podría interesar:Caso Nicolás Petro debe adelantarse en Barranquilla: Corte Suprema)

También consideraron que, aunque faltaron 173 viviendas por ser construidas, esto fue consecuencia, nuevamente, de fallas en la planeación departamental y no por malas actuaciones del contratista. Así como no consideraron que incurriera en el delito de peculado por apropiación, pues no se logró demostrar que se hubiera apropiado de recursos públicos para favorecer a un tercero. “En conclusión, la Sala Especial de Primera Instancia determinó que no fue posible derruir la presunción de inocencia del procesado” afirmó la Corte.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

 

JOSE(ci8fp)01 de diciembre de 2023 - 06:48 p. m.
Fiscalía corrupta no logra demostrar los que los Casanareños saben a ciencia cierta, se robaron $375.mil millones y nadie vio nada. Con ese dinero felices los fiscales,contratistas y políticos. Una vergüenza total.
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.