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Corte Constitucional frena reforma pensional de Petro y la devuelve al Congreso

Una de las iniciativas bandera del gobierno de Gustavo Petro volvió a chocarse de frente con el alto tribunal que encontró que el Congreso cometió varios errores en su trámite. El Espectador conoció detalles del debate en la Sala Plena y de lo que viene para la reforma.

Jhordan C. Rodríguez

17 de junio de 2025 - 05:50 p. m.
La Sala Plena del alto tribunal encontró que el Congreso cometió varios errores en el trámite de la reforma pensional.
Foto: Archivo Corte Constitucional
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La reforma pensional de Gustavo Petro no podrá ser realidad, al menos no por ahora. La Corte Constitucional, de manera unánime, devolvió al Legislativo el proyecto bandera del gobierno, pues encontró que el Congreso cometió errores durante su trámite. Pese a dejarla sin piso jurídico, el alto tribunal le tiró un salvavidas: la devolvió a la Cámara de Representantes para que puedan volver a debatir y votar, esta vez, sin errores.

La decisión de la Sala Plena se conoce este martes 17 de junio, luego de estudiar cuatro demandas que se acumularon, una de ellas, la de la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, en contra de la ley 2381 de 2024. La Corte estudió la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien pedía tumbar la reforma por vicios de trámite (errores del Congreso en su desarrollo y votación).

La Corte estudió la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien pedía tumbar la reforma por vicios de trámite (errores del Congreso en su desarrollo y votación). El alto tribunal ordenó que la Cámara de Representantes debe citar a una sesión de la plenaria para debatir y votar las proposiciones de las congresistas María del Mar Pizarro, Cristóbal Caicedo y otros representantes durante la sesión del 14 de junio de 2024. Es decir, revisarlas y definirlas a fondo y no simplemente “pupitrearlas”, como ya ocurrió.

Para llevar eso a cabo, la Corte le dio a la Plenaria de la Cámara de Representantes un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de este 17 de junio. Además, explicó que este término no cobija el trámite de conciliación ante las dos cámaras legislativas. “De ser el caso, el trámite de la conciliación deberá surtirse en el término máximo de una legislatura”, señala el alto tribunal. También, le ordenó al presidente de la Cámara de Representantes que cuando se cumpla ese tiempo le rinda un informe a la Corte sobre el cumplimiento de la decisión y remita copia de las actas de Plenaria, “para que la Corte Constitucional se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024″.

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Con su decisión, el alto tribunal congeló también los términos de los demás procesos que se adelantan en el alto tribunal contra esa misma normal y solo se podrán retomar un día después de que se cumpla el plazo en el Congreso para volver a debatir y votar la reforma pensional. Sin embargo, la Corte consideró que quienes ya hayan hecho su traslado de fondo pensional hasta la fecha, podrán mantener ese cambio.

El Espectador conoció detalles de este fallo y el duro debate que se dio al interior de la Sala Plena. Aunque el proceso tenía todavía tiempo para resolverse, pues sus términos se vencían hasta septiembre próximo, la Sala Plena le metió acelerador a fondo, dentro de otras cosas, porque el próximo 1 de julio entraría en vigencia la reforma y, fallarla cuando ya estuviera andando, podía ser un caos absoluto.

Aunque los magistrados consideraron que lo mejor era darle prelación a ese expediente en cabeza de Ibáñez, la decisión cayó en un momento de recambios importantes que no permitió que los nueve magistrados titulares participaran. Por ejemplo, Héctor Carvajal Londoño —abogado personal del presidente Gustavo Petro—, no participó del debate ni de la votación, porque no se ha posesionado todavía.

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En su lugar, votó Carolina Ramírez, magistrada encargada del despacho que dejó Cristina Pardo. Quien sí alcanzó a participar de la votación fue la magistrada Lina Marcela Escobar, elegida por el Senado el pasado 4 de junio. La togada, en tiempo récord, estudió el expediente y participó de la votación de la Sala Plena. Ni ese estudio exprés ni el afán de resolver este grueso expediente antes del 1 de julio, fue planeado.

Como lo reveló El Espectador en marzo pasado, un error garrafal en la Corte hizo que los magistrados perdieran casi seis meses de trabajo. Desde septiembre del año pasado, la el alto tribunal dejó pasar un impedimento que presentó la entonces magistrada Diana Fajardo, quien se benefició de la reforma del gobierno para pasarse de un fondo privado a público (Colpensiones).

Ni el ponente Ibáñez, ni la Secretaría de la Sala, ni la propia Fajardo, se percataron de que el impedimento no se había resuelto, sino hasta finales de febrero de este año. Para ese momento, la Procuraduría —entonces liderada por Margarita Cabello— ya había presentado su concepto pidiendo tumbar la reforma. Además, el ponente ya había radicado su ponencia enfocada en tumbarla.

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Por no haber resuelto el impedimento de Fajardo, la Corte tuvo que devolver el caso a septiembre de 2024, pues todo lo que ocurrió después de ese día no tenía validez. Por esa razón, la Procuraduría volvió a mandar su concepto. Esta vez, el ahora procurador Gregorio Eljach pidió que la norma quedara en pie. Pese a su petición, el alto tribunal encontró que los errores del Congreso fueron tan graves, que la reforma no puede quedar en firme.

Tras conocerse la decisión de la Corte Constitucional, el presidente Gustavo Petro y el ministro del Interior, Armando Benedetti, celebraron el fallo y anunciaron que convocarán a sesiones extraordinarias en el Congreso al final de esta legislatura para, dentro de otras cosas, acatar las órdenes del alto tribunal y volver a debatir y votar.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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