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                                                                                                                              Corte Constitucional negó nueva petición de abogada que busca impedir el aborto

                                                                                                                              La abogada Natalia Bernal Cano, quien se ha opuesto desde el derecho a la despenalización del aborto en Colombia, intentó apartar de la nueva demanda a tres de los nueve magistrados de la Corte Constitucional ¿Obtuvo la respuesta que buscaba? No, le dijeron que no hace parte del debate.

                                                                                                                              En 2019, Natalia Bernal presentó una demanda para que el aborto en Colombia se volviera a restringir por completo. La Corte Constitucional desestimó su solicitud.
                                                                                                                              Foto: Cortesía

                                                                                                                              En magistrado Antonio José Lizarazo, de la Corte Constitucional, tiene en sus manos el estudio de la nueva demanda que busca despenalizar y legalizar el aborto en Colombia, petición elevada por el movimiento feminista Causa Justa en septiembre pasado. La abogada Natalia Bernal Cano, por su parte, quiso apartarlo del proceso a él y a los magistrados Alejandro Linares y Gloria Estella Ortiz, pues en su concepto han “favorecido a la parte demandante” en otras decisiones judiciales. La profesional los recusó, pero no obtuvo la respuesta que buscaba.

                                                                                                                              En contexto: Por irrespetuosa, Corte pide investigar a abogada que busca impedir el aborto.

                                                                                                                              De acuerdo con un reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la abogada Natalia Bernal no puede solicitar que tales magistrados se aparten del estudio de la demanda, pues ella no es interviniente en un debate donde participan despachos del Gobierno, movimientos sociales, expertos en salud pública y órganos de control como la Procuraduría. La alta corte le negó la última jugada y, ahora, el magistrado Lizarazo tiene vía libre para considerar si el delito de aborto, consagrado en el artículo 122 de la Constitución, es cosa del pasado -o no-.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              De acuerdo con la abogada Natalia Bernal Cano, quien ha hecho una férrea oposición a la despenalización del aborto en Colombia, los magistrados que intentó recusar favorecieron al movimiento feminista Causa Justa, y no a ella como abogada en el proceso C-088. En tal expediente, como lo constató El Espectador, la profesional intentó retroceder las reglas que hoy rigen el aborto en Colombia y prohibir dicha práctica en cualquier causal, a pesar de que en la C-335 del 10 de mayo de 2006 hay tres situaciones para hacerlo: cuando hay malformación del feto, peligro para la vida de la mujer gestante y/o que la fecundación sea producto de un hecho punible.

                                                                                                                              En contexto: Los argumentos de la nueva demanda contra la penalización del aborto.

                                                                                                                              En su momento, la abogada Bernal interpuso dos demandas para tumbar las tres excepciones consagradas en la Constitución actualmente, sin embargo, la Corte Constitucional le negó la petición a través de la sentencia C-088 de 2020. A pesar de la negativa, la profesional no se quedó con las manos cruzadas y presentó una acción de nulidad contra tal sentencia que ya fue rechazado. Para Bernal, el magistrado Lizarazo supuestamente tiene intereses ocultos en el caso, pero no aportó prueba alguna. Incluso, la peticionaria dijo que la habían tratado de manera “inequitativa y deshonesta”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Y siguió Bernal Cano con sus críticas a Lizarazo: “No garantiza la imparcialidad ni la honestidad que debe exigirse a la autoridad jurisdiccional para resolver un caso sometido a su consideración. Ha demostrado que no actúa en interés general en la causa de la prohibición del aborto, sino en interés particular para despenalizarlo totalmente sin pensar en los daños, por las razones que expongo a continuación. En primer lugar, el magistrado Linares ocultó, desestimó, disimuló, desacreditó sin examen previo y sin decreto de prueba pericial previo para permitir la contradicción, mi material probatorio aportado por mí misma al proceso 13225 (con el cual intentó tumbar las tres excepciones)”.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              ::El Consejo de Estado confirmó la sanción que recibió el Hospital San Ignacio por negarse a practicar un aborto en 2009. Lea aquí las razones::

                                                                                                                              En 2019, Natalia Bernal presentó una demanda para que el aborto en Colombia se volviera a restringir por completo. La Corte Constitucional desestimó su solicitud.
                                                                                                                              Foto: Cortesía

                                                                                                                              En magistrado Antonio José Lizarazo, de la Corte Constitucional, tiene en sus manos el estudio de la nueva demanda que busca despenalizar y legalizar el aborto en Colombia, petición elevada por el movimiento feminista Causa Justa en septiembre pasado. La abogada Natalia Bernal Cano, por su parte, quiso apartarlo del proceso a él y a los magistrados Alejandro Linares y Gloria Estella Ortiz, pues en su concepto han “favorecido a la parte demandante” en otras decisiones judiciales. La profesional los recusó, pero no obtuvo la respuesta que buscaba.

                                                                                                                              En contexto: Por irrespetuosa, Corte pide investigar a abogada que busca impedir el aborto.

                                                                                                                              De acuerdo con un reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la abogada Natalia Bernal no puede solicitar que tales magistrados se aparten del estudio de la demanda, pues ella no es interviniente en un debate donde participan despachos del Gobierno, movimientos sociales, expertos en salud pública y órganos de control como la Procuraduría. La alta corte le negó la última jugada y, ahora, el magistrado Lizarazo tiene vía libre para considerar si el delito de aborto, consagrado en el artículo 122 de la Constitución, es cosa del pasado -o no-.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              De acuerdo con la abogada Natalia Bernal Cano, quien ha hecho una férrea oposición a la despenalización del aborto en Colombia, los magistrados que intentó recusar favorecieron al movimiento feminista Causa Justa, y no a ella como abogada en el proceso C-088. En tal expediente, como lo constató El Espectador, la profesional intentó retroceder las reglas que hoy rigen el aborto en Colombia y prohibir dicha práctica en cualquier causal, a pesar de que en la C-335 del 10 de mayo de 2006 hay tres situaciones para hacerlo: cuando hay malformación del feto, peligro para la vida de la mujer gestante y/o que la fecundación sea producto de un hecho punible.

                                                                                                                              En contexto: Los argumentos de la nueva demanda contra la penalización del aborto.

                                                                                                                              En su momento, la abogada Bernal interpuso dos demandas para tumbar las tres excepciones consagradas en la Constitución actualmente, sin embargo, la Corte Constitucional le negó la petición a través de la sentencia C-088 de 2020. A pesar de la negativa, la profesional no se quedó con las manos cruzadas y presentó una acción de nulidad contra tal sentencia que ya fue rechazado. Para Bernal, el magistrado Lizarazo supuestamente tiene intereses ocultos en el caso, pero no aportó prueba alguna. Incluso, la peticionaria dijo que la habían tratado de manera “inequitativa y deshonesta”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Y siguió Bernal Cano con sus críticas a Lizarazo: “No garantiza la imparcialidad ni la honestidad que debe exigirse a la autoridad jurisdiccional para resolver un caso sometido a su consideración. Ha demostrado que no actúa en interés general en la causa de la prohibición del aborto, sino en interés particular para despenalizarlo totalmente sin pensar en los daños, por las razones que expongo a continuación. En primer lugar, el magistrado Linares ocultó, desestimó, disimuló, desacreditó sin examen previo y sin decreto de prueba pericial previo para permitir la contradicción, mi material probatorio aportado por mí misma al proceso 13225 (con el cual intentó tumbar las tres excepciones)”.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              ::El Consejo de Estado confirmó la sanción que recibió el Hospital San Ignacio por negarse a practicar un aborto en 2009. Lea aquí las razones::

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