Corte Constitucional insiste en despenalización del aborto hasta semana 24

Cuando el alto tribunal despenalizó el aborto bajo tres causales en 2022, también cursaba otra demanda que apenas fue resuelta. El fallo reitera la postura de la corte frente al derecho a una interrupción voluntaria del embarazo.

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24 de agosto de 2023 - 02:53 p. m.
En América Latina y el Caribe aún se criminaliza la interrupción del embarazo, especialmente en Centroamérica, a pesar del avance de la "marea verde" a favor de esta práctica. EFE/Bienvenido Velasco
En América Latina y el Caribe aún se criminaliza la interrupción del embarazo, especialmente en Centroamérica, a pesar del avance de la "marea verde" a favor de esta práctica. EFE/Bienvenido Velasco
Foto: EFE - Bienvenido Velasco
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El fallo que resolvió la Corte Constitucional en 2022, a partir de una demanda presentada por el movimiento Causa Justa, trajo una respuesta histórica en cuanto a los derechos de las mujeres en Colombia. A partir de ese momento es legal realizar una interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 24 de gestación. Sin embargo, cuando el alto tribunal tomó esta decisión, en camino estaba también otra demanda que presentó el abogado Mateo Sánchez.

(Lea: Ojo: la Corte Constitucional no se ha echado para atrás sobre el aborto)

El documento fue presentado por el defensor Sánchez en septiembre de 2020 y tenía el objetivo de despenalizar el aborto con argumentos diferentes a los de Causa Justa. La demanda no fue votada por la alta corte, y Juan Carlos Henao quedó designado como conjuez para su estudio.

El abogado justificó que el artículo que penalizaba el aborto en el Código Penal vulneraba los derechos a la dignidad humana, a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

(En contexto: Lo bueno y lo malo del primer año del aborto libre hasta la semana 24)

Al respecto, la Corte Constitucional encontró que el argumento respecto al derecho a la igualdad partió de la premisa de que la penalización afecta el derecho al acceso igualitario a la salud de las mujeres respecto de los hombres, particularmente porque los hombres no tienen restricciones para acceder a ningún procedimiento médico mientras que las mujeres sí.

Sin embargo, el tribunal consideró que ya se ha pronunciado de forma específica frente a este derecho en el contexto del acceso al aborto. Por ello, reiteró la sentencia de 2022.

Al estudiar el documento, la Corte definió entonces ratificar la sentencia de 2022, la cual despenaliza el aborto bajo estas tres premisas: cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, cuando exista malformación del feto y cuando el embarazo sea el resultado de un acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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