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Corte Constitucional reiteró que investigar campaña Petro es competencia del CNE

El alto tribunal se pronunció al respecto luego de analizar un conflicto de competencias entre dos juzgados de Bogotá, uno administrativo y uno civil, tras recibir una acción popular contra la campaña del presidente Gustavo Petro de 2022.

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23 de mayo de 2024 - 02:42 a. m.
El presidente Gustavo Petro se ha referido a algunas decisiones tomadas por los magistrados del CNE.
El presidente Gustavo Petro se ha referido a algunas decisiones tomadas por los magistrados del CNE.
Foto: Archivo
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La Corte Constitucional ratificó la decisión que el lunes 20 de mayo profirió el Consejo de Estado respecto a la competencia para investigar las campañas electorales, más precisamente la que llevó a Gustavo Petro a la Casa de Nariño en 2022. Precisó que es el Consejo Nacional Electoral (CNE) la autoridad que debe adelantar las pesquisas sobre presuntas violaciones a los topes electorales.

A esta conclusión llegó el alto tribunal luego de dirimir un conflicto de competencias sobre el asunto entre los juzgados 21 Administrativo y 29 Civil de Bogotá. Esto, luego de que la oenegé Mipofaamcol, de militares en retiro, instaurara una acción popular en contra de la campaña de Gustavo Petro, mediante la cual llegó a la Presidencia con más de 11 millones de votos.

Entre las pretensiones de Mipofaamcol estaba que, mediante sentencia judicial, se determinara que la campaña del jefe de Estado violó los topes legales de financiación. Sin embargo, ambos juzgados negaron su competencia para conocer del asunto. El juzgado 21 Administrativo de Bogotá explicó que el hecho generador de la presunta vulneración se relaciona con la violación de los topes de gastos permitidos para las campañas presidenciales de 2022, que son organizaciones de carácter privado.

Entretanto, el juzgado 29 Civil de Bogotá “resaltó la competencia preferente del Consejo Nacional Electoral para resolver lo pretendido”. La Corte Constitucional le puso la lupa al conflicto y declaró que, respecto a la presunta vulneración de financiación de topes electorales en la campaña del entonces candidato Gustavo Petro, es el CNE quien tiene la competencia para investigar, “conforme lo dispuesto en los artículos 265 de la Constitución y 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005″.

El pasado lunes 20 de mayo, la Sección Quinta del Consejo de Estado emitió un auto en el que declaró su falta de su jurisdicción en una demanda que pretendía la destitución del presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Márquez, por cuenta de la presunta violación a los topes electorales en la campaña presidencial de 2022. En ese caso, la demanda también venía por parte de un representante de Mipofaamcol.

El Consejo de Estado, entonces, aseguró que esa competencia es exclusivamente de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, la cual ya investiga el asunto, pues pidió las copias del proceso al CNE. Así, poco a poco se va zanjando un debate sobre quién puede y quién no investigar al presidente Gustavo Petro.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Eduardo(34409)23 de mayo de 2024 - 09:11 p. m.
Se cae de su peso y sin ser leguleyo, a PUGF por la campaña electoral y todos los desafueros cometidos durante tal campaña si debe ser investigado por el CNE, no hay dudas. Ahora PUGF va a salir que es otro golpe blando. Por fortuna, porque los golpes duros se los ha dado su propio hijo al que no crió, Olmedo López y Sneyder Pinilla ladrones consumados, "Gillo" Jaramillo el que no le acata las ordenes, los 36 congresistas y los 6 congresistas que recibieron coimas para pasar las reformas.
Hector(31467)23 de mayo de 2024 - 05:08 p. m.
Milicos retrógrados en acción para tumbar al gobierno y subir a su adorado Matarife. Y volver a darle plomo al pueblo carajo!. "Plomo es lo que hay". Pobres ex "héroes de la patria". Se quedaron y se quedarán huérfanos porque ya su idolatrado anciano decrépito culibajito Chiquito Malo ni suena ni truena.
jorge(27765)23 de mayo de 2024 - 02:13 p. m.
Una cosa es investigar la campaña y otra es investigar al Presidente. Para la primera, pese a su origen eminentemente político, el CNE es competente. Para la segunda, según la Constitución Nacional, esa competencia le corresponde a la Comisión de Acusaciones del Congreso, al Congreso en pleno y a la Corte Suprema de Justicia, en su orden. La prensa, especialmente Semana, Caracol, la FM, Blue Radio, El Tiempo y últimamente El Espectador, disfrazan y tergiversan este hecho.
William(16260)23 de mayo de 2024 - 01:51 p. m.
Muy sencillo el caso, el CNE investiga, y de acuerdo con el fuero presidencial lo remite a la Comisión de Acusaciones de la Cámara, y en derecho deben decidir .
Alpo(30591)23 de mayo de 2024 - 12:33 p. m.
Cada día EE se parece más a la revista que maneja “Dávila Negra “
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