La Corte Constitucional ratificó la decisión que el lunes 20 de mayo profirió el Consejo de Estado respecto a la competencia para investigar las campañas electorales, más precisamente la que llevó a Gustavo Petro a la Casa de Nariño en 2022. Precisó que es el Consejo Nacional Electoral (CNE) la autoridad que debe adelantar las pesquisas sobre presuntas violaciones a los topes electorales.
A esta conclusión llegó el alto tribunal luego de dirimir un conflicto de competencias sobre el asunto entre los juzgados 21 Administrativo y 29 Civil de Bogotá. Esto, luego de que la oenegé Mipofaamcol, de militares en retiro, instaurara una acción popular en contra de la campaña de Gustavo Petro, mediante la cual llegó a la Presidencia con más de 11 millones de votos.
Entre las pretensiones de Mipofaamcol estaba que, mediante sentencia judicial, se determinara que la campaña del jefe de Estado violó los topes legales de financiación. Sin embargo, ambos juzgados negaron su competencia para conocer del asunto. El juzgado 21 Administrativo de Bogotá explicó que el hecho generador de la presunta vulneración se relaciona con la violación de los topes de gastos permitidos para las campañas presidenciales de 2022, que son organizaciones de carácter privado.
Entretanto, el juzgado 29 Civil de Bogotá “resaltó la competencia preferente del Consejo Nacional Electoral para resolver lo pretendido”. La Corte Constitucional le puso la lupa al conflicto y declaró que, respecto a la presunta vulneración de financiación de topes electorales en la campaña del entonces candidato Gustavo Petro, es el CNE quien tiene la competencia para investigar, “conforme lo dispuesto en los artículos 265 de la Constitución y 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005″.
El pasado lunes 20 de mayo, la Sección Quinta del Consejo de Estado emitió un auto en el que declaró su falta de su jurisdicción en una demanda que pretendía la destitución del presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Márquez, por cuenta de la presunta violación a los topes electorales en la campaña presidencial de 2022. En ese caso, la demanda también venía por parte de un representante de Mipofaamcol.
El Consejo de Estado, entonces, aseguró que esa competencia es exclusivamente de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, la cual ya investiga el asunto, pues pidió las copias del proceso al CNE. Así, poco a poco se va zanjando un debate sobre quién puede y quién no investigar al presidente Gustavo Petro.
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