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La Sala Plena de la Corte Constitucional acaba de revivir En Marcha, el partido político del exministro del Interior Juan Fernando Cristo. El alto tribunal resolvió una tutela de la colectividad en contra de la decisión del Consejo de Estado que en mayo de 2024 los dejó sin personería jurídica. La decisión fue unánime en la votación hecha este miércoles.
El proceso cayó en el despacho del magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de la Casa de Nariño al inicio del gobierno de Gustavo Petro, quien lideró la ponencia que fue totalmente respaldada por sus compañeros de Sala. Lo que estudiaba concretamente la Corte era la vulneración al derecho del debido proceso en el que incurrió el Consejo de Estado en su sentencia del 9 de mayo de 2024, proferida por la Sección Quinta de ese alto tribunal.
Dentro de lo decidido por la Corte Constitucional, está que el proceso por la personería jurídica de En Marcha debía ser devuelto a la Sección Quinta del Consejo de Estado, para que dicte, en máximo 30 días, otra sentencia que no vulnere los derechos de la colectividad. Segú la orden de la Sala Plena de la Corte, el Consejo de Estado deberá revisar de nuevo la legalidad de las Resoluciones 5527 del 15 de diciembre de 2022 y 1929 del 8 de marzo de 2023 del Consejo Nacional Electoral, “en cuanto al reconocimiento de la personería jurídica”.
Dichas normas, señala la Corte, son las que tienen en cuenta que “la agrupación política En Marcha hizo parte de la coalición política Alianza Verde y Centro Esperanza (AVCE) y suscribió para ello un acuerdo de coalición; tenía registro ante el Consejo Nacional Electoral como movimiento político sin personería jurídica; su logo fue incluido en el tarjetón electoral; y demás pruebas que acrediten la existencia previa de esa agrupación y su participación en el proceso electoral correspondiente”.
Todo ello, señala la Sala Plena, “sin que se apliquen en el caso los efectos de la doble militancia”.
El caso que ahora resolvió la Corte Constitucional tuvo origen en mayo de 2024, cuando el Consejo de Estado determinó que el partido del exministro Cristo no tenía personería jurídica al momento de los comicios de 2022; no obstante, En Marcha se unió a la coalición ‘Alianza Verde Centro Esperanza’. Esa vinculación se habría realizado, más que todo, como un formalismo, añadió el tribunal en ese momento, pues “la autoridad demandada no atendió el parámetro objetivo que señala el artículo 108 Constitucional, dado que, ante la falta de personería jurídica de la referida organización política, aquella no podía postular candidatos al Senado de la República y por lo tanto no era posible verificar la existencia del apoyo ciudadano igual o superior al 3% de los votos”.
En esa ocasión, dijo el Consejo de Estado, En Marcha “no se encontraba en alguna de las excepciones que se han reconocido frente a la exigencia de superación del umbral mencionado, como por ejemplo la existencia de actos de violencia insuperables, siendo incluso improcedente dar aplicación directa al contenido del Acuerdo de Paz suscrito con la extinta guerrilla de las FARC”.
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