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Suspenden cobro de impuestos a entidades sin ánimo de lucro ordenado en emergencia económica

La Sala Plena de la Corte Constitucional consideró que mientras define de fondo la validez del decreto con el cual se cobran impuestos para hacerle frente a la ola invernal declarada a inicio de 2026, debe suspenderse una parte de las medidas. Aclaran que es solo para entidades sin ánimo de lucro sujetas al régimen especial.

Redacción Judicial

29 de abril de 2026 - 02:48 p. m.
Sala Plena de la Corte Constitucional.
Foto: Corte Constitucional
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La Sala Plena de la Corte Constitucional acaba de suspender provisionalmente el cobro de impuestos a entidades sin ánimo de lucro, como universidades, ordenados en el decreto 173 del 24 de febrero de este año, con el cual el gobierno ordenó el recaudo de dineros para hacerle frente a lo ola invernal en varias zonas del país. La medida se da mientras revisan de fondo la validez del decreto madre y de los expedidos después.

En una votación de 6-3, la mayoría de la sala consideró que debía tomarse la medida cautelar, pues, si el decreto no cumple finalmente con los requisitos de ley, no se podría garantizar que los dineros recolectados regresen a las entidades. El alto tribunal resaltó que la decisión aplica sobre las entidades sin ánimo de lucro del régimen especial, así como las personas jurídicas que se encuentren en liquidación. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño, Juan Carlos Cortés y Vladimir Fernández Andrade fueron los únicos que se apartaron de la mayoría y salvaron el voto.

La decisión se dio después de que seis magistrados del alto tribunal se declararan impedidos por un posible interés en la decisión, debido a que varias universidades en las que varios de ellos son docentes tendrían que pagar el impuesto que analizan dentro del decreto de emergencia. Quienes presentaron el impedimento fueron Lina Escobar, Vladimir Fernández, Miguel Polo Rosero, Natalia Ángel Cabo y Paola Meneses.

Sin embargo, en la Sala Plena extraordinaria llevada a cabo el pasado 28 de abril, los tres magistrados que quedaban y seis conjueces resolvieron los impedimentos y encontraron que estaban infundados. Es decir, no había, a su parecer, un verdadero motivo por el cual sus otros compañeros no pudieran participar del debate y la decisión.

En el expediente que tiene como ponente a la magistrada Escobar hay un concepto en el que la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN) le pide a la Corte declarar inconstitucional el Decreto 0173 que expidió el Ministerio de Hacienda a finales de febrero pasado. Al menos 100 universidades privadas del país podrían verse afectadas por los nuevos impuestos.

Con esta medida, las universidades tendrían que pagar por este impuesto entre COP 300 millones y COP 23.000 millones. Según cálculos realizados por ASCUN, todas las universidades tendrían que pagar COP 135.000 millones.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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