La emergencia económica decretada por el gobierno de Gustavo Petro fue suspendida mientras que la Sala Plena de la Corte Constitucional decide de fondo si el decreto se expidió cumpliendo con todos los requisitos de ley o si debe tumbarse por errores en su creación. La orden del alto tribunal se dio en medio de cambios en la Sala Plena que dejaron por fuera del debate a su presidente, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien fue apartado del caso por haber comprometido su imparcialidad.
El alto tribunal en su sesión de este jueves 29 de enero estudió una ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien propuso a la Sala Plena suspender el decreto, mientras hay una decisión de fondo. Según el proyecto de fallo, en el decreto del Ejecutivo exiten “algunos aspectos en los que, en principio, se puede evidenciar una ostensible incompatibilidad con el ordenamiento constitucional”.
Por ejemplo, que dentro de los requisitos para expedir el decreto está que el documento sea firmado por el jefe de Estado y todos sus ministros. La ponencia explicó que varias de esas firmas resultaron siendo funcionaros encargados en varias carteras, por lo que no se habría cumplido con el requisito de ley.
Por ejemplo, la ministra Irene Vélez, encargada de la cartera de ambiente, estaba en el cargo desde el 5 de agosto del año pasado, y el encargo podría ser por máximo tres meses y prorrogable por el mismo tiempo.
“El ejercicio del encargo venció, en principio, el 4 de noviembre de 2025; sin embargo, hasta este momento del proceso (fase probatoria), la Corte no cuenta con información sobre la prórroga del mismo, puesto que no se encuentra publicado ni disponible el acto administrativo correspondiente, por lo que no puede estimar válida la firma”, se lee en el documento que estudió la Sala Plena.
Lo mismo habría ocurrido con el exministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián. Según el documento revisado por el alto tribunal, “fue nombrado mediante el Decreto 0892 de 11 de agosto de 2025. Dicho acto administrativo fue demandado ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo”. Por ende, dijo Camargo en su ponencia, ese decreto fue suspendido provisionalmente por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, decisión que luego confirmó el Consejo de Estado. De acuerdo con la ponencia, “no es clara ni pacífica la situación judicial y el estado de la vinculación del mencionado funcionario”.
Lo que dijo la Corte Constitucional
En la deliberación de este jueves participaron las magistradas Paola Meneses, Natalia Ángel y Lina Marcel Escobar, así como los magistrado Miguel Polo, Vladimir Fernández, Héctor Carvajal, Juan Carlos Cortés y Carlos Camargo, quien era el ponente. La determinación de los magistrados fue “suspender provisionalmente el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, ‘or el cual se declara el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional’, hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional profiera una decisión de fondo”.
Las votaciones en la Corte
La votación final quedó 6-2. Los únicos que se aportaron de la mayoría fueron los togados Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de la Presidencia de la República, y el magistrado Héctor Carvajal, exabogado y amigo personal del presidente Petro. Por su parte, los magistrados Juan Carlos Cortés González y Natalia Ángel Cabo, aunque apoyaron la decisión mayoritaria, aclararon sus votos.
Así se movió la Sala Plena en relación con la emergencia económica
Las sesiones de este miércoles y jueves en la Sala Plena del alto tribunal estuvieron movidas, porque la atención del país estaba puesta sobre la determinación que se adoptara sobre la medida impuesta por el gobierno nacional en diciembre pasado. Aunque la suspensión del decreto era el punto central, los magistrados no pudieron analizar el caso rápidamente. Tal como lo antipó este diario desde el pasado martes, la deliberación sobre la ponencia de Camargo se aplazó hasta este 29 de enero, pues aunque hubo sala un día antes, los togados tuvieron que darle prioridad a otros expedientes que estaban a punto de vencerse y la emergencia económica tuvo que esperar.
En la tarde del pasado miércoles 28 de enero, la Sala Plena revisó el impedimento que presentó en el caso el magistrado Ibáñez, quien dejó su participación en el proceso en manos de sus ocho compañeros. La razón fue que la propia Presidencia de la República lo había recusado desde el 21 de enero pasado, por declaraciones que entregó a medios de comunicación refiriéndose a aspectos del proceso. Según la Casa de Nariño, sus palabras dejaron entrever su postura personal y comprometieron su imparcialidad para revisar el decreto.
Las reacciones del gobierno Petro
Las reacciones del gobierno Petro no se hicieron esperar. El ministro del Interior, Armando Benedetti, señaló públicamente que “al acabar la emergencia social, la Corte hoy está protegiendo a los más ricos, a los que más tienen, entre COP 3.000 y COP 104.000 millones. No hay derecho que esto haya pasado”. El alto funcionario defendió el decreto señalando que “la emergencia económica se da no solo porque hay un déficit fiscal, o sea, hay más egresos que ingresos, sino también porque hay un déficit de riesgo. Significa ello que no hay con qué pagar la deuda, y la deuda se debe pagar por Constitución, lo mismo que los temas de seguridad social”.
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