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Corte Constitucional tendrá última palabra en caso Iván Díaz Mateus

El Tribunal seleccionó para revisión la tutela que le devolvió la libertad al ex congresista.

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Giovanni González Arango
15 de octubre de 2009 - 03:59 p. m.
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El presidente de la corporación, Nilson Pinilla, dijo que ya fue solicitado el expediente de lo actuado por el Consejo Superior de la Judicatura, que en su Sala Disciplinaria encontró vulnerado el derecho al debido proceso del ex representante a la Cámara, luego de que fuera condenado por la Corte Suprema en el caso de la Yidispolítica.

La acción fue seleccionada por la Sala que integran los magistrados Jorge Iván Palacio y Humberto Sierra, y cuyo reparto le fue asignado a María Victoria Calle, precisó el máximo jefe de ese tribunal.

Agregó que la decisión final estará precedida de la presentación de un documento en el que se haga referencia al estado de cosas del proceso de fallo de la acción, siguiendo todos los parámetros que normalmente se abordan en ese tipo de casos.

"Habrá un informe para la Sala Plena para que esta determine si asume por sí misma la decisión y, por lo demás, se cumplirá con todo el procedimiento dentro de los términos que la Ley establece", añadió.

Así pues, será la Corte Constitucional la que determine si el ex congresista retornará o no a prisión, luego de ser condenado a seis años de prisión, al ser hallado culpable del delito de cohecho. Díaz Mateus se habría retirado de su curul en la Comisión Primera de la Cámara, con el fin de favorecer la aprobación de la reelección presidencial, dando paso a Yidis Medina.

El ex legislador había interpuesto una tutela ante la Sala de Casación Civil por supuesta violación al debido proceso, en busca de que el juez remitiera el proceso que enfrentaba a un tribunal ordinario, pues consideraba que era lo propio tras su renuncia al fuero parlamentario.

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura asumió la tutela que la Corte se abstuvo admitir y, poco tiempo después de proferida la condena en contra de Díaz Mateus, ese despacho encontró que el juez natural no era la Corte Suprema sino los tribunales ordinarios, lo que le valió al ex congresista el retorno a la libertad.

Una semana después de la decisión, la Corte Suprema de Justicia emitió la jurisprudencia a través de la cual recupera la competencia para seguir juzgando a los funcionarios públicos sospechosos de haber cometido delitos en ejercicio de sus funciones, aún cuando hayan renunciado a su investidura.

 

Por Giovanni González Arango

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