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Corte Constitucional tumba millonaria condena al exfiscal Luis Camilo Osorio

El Consejo de Estado había ordenado a pagar al exfuncionario $156 millones por el despido de un trabajador que demandó por irregular esa salida.

28 de agosto de 2020 - 06:18 p. m.
Luis Camilo Osorio./ Archivo
Luis Camilo Osorio./ Archivo

En 2002 el entonces fiscal general de la Nación Luis Camilo Osorio declaró insubsistente a un funcionario del ente investigador que fue detenido por tráfico de influencias. El técnico judicial enfrentó un proceso penal que terminó con una decisión en su favor en el 2007 y demandó a la Fiscalía que tuvo que pagarle una indemnización. Por esa razón, una acción judicial fallada por el Consejo de Estado ordenó en diciembre de 2018 que la plata de esa reparación saliera directamente del bolsillo de Osorio.

En esa decisión, el Consejo de Estado consideró que hubo irregularidades en las motivaciones del exfiscal Osorio para sacar de la entidad al funcionario, por lo que debía devolver el dinero que se gastó para pagarle la indemnización equivalente al $156 millones. Pero Osorio presentó una tutela contra esa decisión que terminó en manos de la Corte Constitucional. Al estudiar el caso, el alto tribunal encontró que no se cumplieron los requisitos para ordenar al ex fiscal Osorio devolver los dineros pues no se probó que hubiera actuado de manera intencional o con culpa grave.

“El alto tribunal encontró que, según lo señalado por el artículo 90 de la Constitución, en este tipo de procesos, se debe probar que la conducta del funcionario contra el cual se pretende la restitución de lo pagado fue intencional o con culpa grave, y que ello no ocurrió en el caso del ex fiscal Osorio”, dijo la Corte Constitucional en un comunicado. En un caso similar, el alto tribunal tumbó otra decisión del Consejo de Estado relacionado con la gerente de un hospital que fue condenada a pagar más de $ 700 millones por haber despedido a un subalterno de libere nombramiento y remoción.

La Sala estimó que esa condena no era proporcional “porque frente a una expectativa de estabilidad laboral de cuatro meses por afectar la ley de garantías se dispuso una condena de más de $ 700 millones equivalentes a varios años de trabajo”. En este caso la Corte dejo sin efectos parciales el monto de la condena.

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