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Corte Constitucional determinó que la IA no puede reemplazar a un juez

El alto tribunal dijo que la Inteligencia Artificial no puede ser determinante en la toma de decisiones judiciales. Fue estudiado el caso de un juez de segunda instancia que la utilizó para emitir su decisión.

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12 de agosto de 2024 - 09:09 p. m.
Inteligencia Artificial en el entorno laboral
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Foto: Cortesía
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La Inteligencia Artificial (IA) no puede reemplazar a un juez a la hora de tomar una decisión judicial en Colombia. Así lo acaba de determinar la Corte Constitucional, luego de revisar el caso en el que un juez de segunda instancia se valió de la herramienta para emitir su decisión final.

El alto tribunal resaltó que “el uso ponderado y razonado de la IA en el sistema de administración de justicia es admisible, a partir de un enfoque de protección de derechos fundamentales que valore y considere las mejores prácticas, la aplicación de criterios éticos y el respeto a los mandatos superiores”. La Sala Plena de la Corte dijo que estas herramientas no deben sustituir la racionalidad humana y que “las cargas de transparencia, responsabilidad y privacidad que corresponde asumir al juez cuando recurra a este tipo de apoyos tecnológicos”.

El caso por el que la Corte llegó a esta decisión fue una tutela presentada por la madre de un menor de edad que solicitaba a la EPS el amparo de los derechos a la salud y a la vida en condiciones dignas de su hijo. La mujer recibió la negativa de la empresa de salud para atender a su hijo y llevó el caso a los estrados judiciales. El expediente pasó por dos instancias, pero fue en la segunda cuando el juez utilizó ChatGPT para emitir su decisión.

Cuando el caso llegó a la Corte, se invitó a los jueces de la República para que evaluaran el uso adecuado de la herramienta tecnológica ChatGPT y otras aplicaciones de la IA para que “valoren y consideren las mejores prácticas, y apliquen criterios éticos y de respeto a los mandatos superiores, en orden a garantizar los derechos fundamentales, en especial el debido proceso, cuando encuentren necesario y pertinente hacer uso de aquellas, y asegurar la independencia y autonomía judiciales, como garantías insustituibles para la vigencia del Estado Social de Derecho y la democracia”.

La Corte concluyó en este caso dos cosas: la primera, que la IA puede usarse como apoyo, pero no para emitir una decisión de fondo en un caso judicial. Dicha decisión de la Sala también exhorta a los funcionarios y empleados de la Rama Judicial a que apliquen principios éticos y de transparencia sin sustituir la racionalidad humana. La segunda, que las condiciones del menor de edad se cumplen para exonerarlo del cobro de copagos y cuotas moderadoras que le exigía la EPS, por los servicios y medicamentos que requiera.

Asimismo, el alto tribunal le exigió a la EPS eliminar los obstáculos a la familia para aplicar dicho amparo, puesto que ni el niño ni la madre tienen los recursos económicos suficientes para acceder al servicio de salud porque se encuentran en situación de pobreza extrema. La EPS también deberá suministrar el transporte para que acuda a las citas y controles requeridos para atender su estado de salud.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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