Corte IDH dice que Estado cumple con fallo por caso La Esperanza, pero debe plata

En noviembre de 2017, Colombia fue condenada por este organismo internacional por la desaparición de 12 personas en 1996 en esta vereda de Antioquia. La Corte asegura que el Estado debe unos intereses moratorios y las víctimas denuncian que no hay voluntad de las autoridades para buscar a sus seres queridos.

Redacción Judicial
31 de marzo de 2020 - 03:00 p. m.
Víctimas aseguran que ni con el fallo de la Corte IDH, el Estado ha tenido voluntad de buscar a sus seres queridos. / Corporación Jurídica Libertad
Víctimas aseguran que ni con el fallo de la Corte IDH, el Estado ha tenido voluntad de buscar a sus seres queridos. / Corporación Jurídica Libertad

Las autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, al mando de Ramón Isaza, asolaron durante el segundo semestre de 1996 la comunidad de la vereda La Esperanza, en El Carmen de Viboral (Antioquia). Allí, junto con la presunta colaboración del Ejército, desaparecieron a cerca de 12 personas y asesinaron a otras más. Por la ausencia de investigaciones internas sobre este caso, el Estado colombiano fue condenado en 2017 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y, casi tres años de promulgada la sentencia, este organismo internacional emitió el primer informe de seguimiento de su fallo. 

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Allí, la Corte IDH aclaró que el Estado está cumpliendo con varias de las órdenes emitidas en 2017, como por ejemplo la publicación del fallo completo en plataformas oficiales. Aunque aclara que hay temas que todavía no va a estudiar, como qué han hecho las autoridades para encontrar a los 12 desaparecidos, el organismo internacional señaló que Colombia también cumplió con otra de las órdenes claves relacionada con el pago de las indemnizaciones a las víctimas del caso. Sin embargo, la Corte aclaró que, si bien se realizaron las transacciones, el Estado todavía le debe dinero a la Corte IDH.

El tribunal explicó que en su fallo ordenó al Estado reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas la cantidad de US$ 2.892 dólares por los gastos incurridos durante la tramitación del caso.  La Corte, además, dispuso que dicho monto debía ser reintegrado en seis meses, contados a partir de la notificación de la sentencia y estableció que, en caso de que el Estado incurriera en mora, debía pagar un interés sobre la cantidad adeudada. El organismo internacional explicó que ese pago se hizo cuatro meses y 27 días después del plazo establecido en el fallo.

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“Debido a que el referido pago no incluyó un monto por concepto de los intereses moratorios derivados de ese tiempo de retraso, se requiere al Estado que, a la brevedad, pague al Fondo de Asistencia de la Corte el monto correspondiente a los referidos intereses moratorios”, señaló la Corte IDH. Por eso, el tribunal le pide a Colombia que termine de pagar la deuda en mora que tiene con ellos pues, recordó, el Fondo de Asistencia, en donde se debe el dinero,  “está dirigido a brindar asistencia económica a las presuntas víctimas que carecen de recursos económicos suficientes para sufragar los gastos del litigio ante la Corte”.

Según el fallo emitido en 2017, el tribunal encontró al Estado colombiano responsable de violar el derecho a la justicia “en perjuicio de las víctimas y sus familiares por las investigaciones de esos hechos”. La desaparición forzada en este caso sucedió entre el 21 de junio y el 27 de diciembre de 1996 en la vereda La Esperanza. La Corte IDH agregó en su sentencia que los crímenes, si bien fueron atribuidos a miembros del grupo paramilitar, ellos actuaron en cooperación con integrantes de una unidad del Ejército llamada Fuerza de Tarea Águila, asentada en la base militar de la Piñuela.

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Por esta razón, en 2001 la Fiscalía inició un proceso contra el mayor del Ejército Carlos Alberto Guzmán Lombana, y en el 2007 vinculó al exjefe paramilitar Ramón Isaza, excomandante de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio. Sin embargo, “la investigación penal no ha logrado la identificación e individualización de todos los autores materiales e intelectuales de los hechos”, ha insistido la Corporación Jurídica Libertad que acompaña a las víctimas. Familiares de las víctimas, además, han criticado que ni con la sentencia de la Corte IDH,el Estado ha tenido voluntad de buscar a sus seres queridos.

Dentro de las víctimas se encuentran Aníbal de Jesús Castaño Gallego, Óscar Hemel Zuluaga, Miguel Ancizar Cardona Quintero, ambos de 16 años; Juan Crisóstomo Cardona, de 12 años y hermano de Miguel Ancizar; Juan Carlos Gallego Hernández, de 26 años promotor de salud y catequista; Irene de Jesús Gallego de 17 años de edad; Jaime Alonso Mejía; Javier Giraldo Giraldo quien fue asesinado por oponer resistencia para ser montado a un vehículo en el que tenían otras víctimas.

Asimismo, Hernando de Jesús Castaño, Octavio de Jesús Gallego, Orlando de Jesús Muñoz Castaño testigo de los hechos ocurridos el 26 de junio de ese año en donde se llevaron a Irene; Leónidas Cardona Giraldo y Andrés Antonio Gallego de 65 años.

Por Redacción Judicial

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