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Crimen de la periodista Silvia Duzán llega a la Corte IDH contra el Estado colombiano

A tres décadas del crimen, no existe ninguna condena por el asesinato de la periodista y tres líderes campesinos en Santander.

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03 de junio de 2026 - 03:03 a. m.
Los líderes Josué Vargas Mateus, Miguel Ángel Barajas Collazos y Saúl Castañeda Zúñiga, integrantes de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare (ATCC), fueron asesinados junto con la comunicadora Silvia Duzán  Sáenz, cuando realizaban un trabajo periodístico sobre la situación de la región.
Los líderes Josué Vargas Mateus, Miguel Ángel Barajas Collazos y Saúl Castañeda Zúñiga, integrantes de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare (ATCC), fueron asesinados junto con la comunicadora Silvia Duzán Sáenz, cuando realizaban un trabajo periodístico sobre la situación de la región.
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El crimen de la periodista Silvia Duzán y tres líderes campesinos, masacrados el 26 de febrero de 1990 en Cimitarra (Santander), llegó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). El caso contra el Estado colombiano fue presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La Comisión solicitó a la Corte IDH ordenar medidas de reparación integral a los familiares de las víctimas, atención en salud física y mental, la reactivación de las investigaciones penales y la adopción de garantías de no repetición, incluyendo capacitación a funcionarios judiciales en casos relacionados con violencia contra defensores de derechos humanos y estructuras paramilitares.

Los líderes Josué Vargas Mateus, Miguel Ángel Barajas Collazos y Saúl Castañeda Zúñiga, integrantes de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare (ATCC), fueron asesinados junto con la comunicadora Silvia Duzán Sáenz, cuando realizaban un trabajo periodístico sobre la situación de la subregión del país.

El caso fue investigado en la Fiscalía y en la justicia penal militar. Aunque se adelantaron procesos contra presuntos responsables, incluidos agentes estatales señalados de integrar estructuras paramilitares, todos los acusados fueron absueltos por los homicidios. Más de tres décadas después, no existe ninguna condena por el crimen.

Según el expediente remitido por la CIDH, la ATCC surgió en un contexto de violencia en el Magdalena Medio, marcado por la presencia de guerrillas, grupos paramilitares y agentes estatales. Sus integrantes impulsaban una estrategia de resistencia no violenta y habían denunciado previamente amenazas y hostigamientos.

Lea: Escribo como pienso que me van a leer las personas sobre las que escribo

En febrero de 1990, hombres armados ingresaron al lugar donde se encontraba la reunión de los dirigentes campesinos junto con Duzán Sáenz y les dispararon a quemarropa. Tras los hechos, los familiares de las víctimas también habrían sido objeto de amenazas, persecuciones y desplazamientos forzados.

En su informe del caso, la CIDH concluyó que, pese a las denuncias de riesgo, el Estado no adoptó medidas suficientes de protección para los líderes y la periodista. En su análisis, concluyó que el asesinato de los líderes campesinos impactó directamente sus derechos a la libertad de expresión y asociación.

En el caso de la periodista Silvia Margarita Duzán Sáenz, la CIDH destacó que se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad por su trabajo periodístico y la información que recopilaba en la zona. El organismo estableció que existía una relación directa entre su asesinato y el ataque contra los líderes campesinos.

En 2020, la Fiscalía declaró como crimen de lesa humanidad el asesinato de la comunicadora, quien se encontraba realizando un documental para Channel 4 del Reino Unido sobre la resistencia y el mensaje de paz que llevaba la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare en medio de la guerra.

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La CIDH advirtió graves fallas en la investigación judicial, entre ellas dilaciones, periodos de inactividad e intervención de la justicia penal militar en parte del proceso. Según el informe, este último aspecto vulneró el derecho al juez natural y contribuyó a la impunidad del caso.

Con base en estos elementos, la Comisión concluyó que el Estado colombiano es responsable por la violación de múltiples derechos fundamentales, entre ellos los derechos a la vida, integridad personal, libertad de expresión, asociación, garantías judiciales y protección judicial, tanto de las víctimas como de sus familiares.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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