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Corte ordena a conjuntos residenciales instalar rampas para personas discapacitadas

El alto tribunal determinó que se deben eliminar todas las barreras físicas que impidan su libre movilidad.

El Espectador

01 de junio de 2012 - 11:56 a. m.
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La Corte Constitucional le ordenó a los conjuntos residenciales la instalación de rampas y otro tipo de estructuras arquitectónicas con el fin de garantizar el libre desplazamiento de personas en condición de discapacidad.

Según la trascendental decisión del alto tribunal, es menester eliminar todas las barreras físicas que se encuentras en los conjuntos residenciales, además de las vías y espacios públicos que impidan la libre y fácil movilización de esta población.

La Corte tomó esta decisión después de estudiar una acción de tutela interpuesta por un ciudadano del municipio de Floridablanca, Santander, quien alegaba que el conjunto residencial donde vive le negó en varias oportunidades la construcción de una rampa para su silla de ruedas, al considerar que esto afectaría la apariencia estética de la edificación lo que afectaría el valor comercial de los apartamentos.

Ante esto la Corte señaló que pese a que la norma que establece el régimen de propiedad horizontal, no obliga eliminar las barreras arquitectónicas en las áreas comunes de los conjuntos residenciales, si resulta necesario acabar con la marginación y discriminación histórica que han sufrido en la sociedad los discapacitados.

La Corte señaló que es necesario acabar con la marginación y discriminación histórica que han sufrido en la sociedad los discapacitados.

Según el fallo, que le ordena al conjunto construir la respectiva rampa, si no se cumple la exigencia, el ciudadano que interpuso la tutela estaría condenado a permanecer encerrado en su apartamento, lo que disminuiría su calidad de vida. 

Por El Espectador

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