Corte ordenó captura de teniente del Ejército por "falso positivo" en Medellín

El oficial, un sargento primero y dos soldados fueron condenados a 30 años de prisión por presentar a un joven como guerrillero del ELN abatido en combate.

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Redacción Judicial
12 de marzo de 2017 - 02:13 p. m.
Corte ordenó captura de teniente del Ejército por "falso positivo" en Medellín
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La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo de segunda instancia que absolvió al teniente del Ejército Nacional, Diego Germán Guzmán Patiño; el sargento Luis Guillermo Acevedo Díaz y los soldados Wilfredy Areiza Jaramillo y Hugo Alberto Galvis Hincapié y los condenó a 30 años de prisión por su participación en la ejecución extrajudicial de un joven que fue presentado como guerrillero del ELN abatido en combate el 6 de junio del 2002.

En el fallo de 63 páginas se reseña que evidentemente existen pruebas coherentes y suficientes para probar la participación de estos militares adscritos al Pelotón PAU del Batallón de Artillería de la Cuarta Brigada del Ejército con la muerte del joven Duberney Galeano quien fue sacado del billar ‘El Parce’ ubicado en el barrio 8 de Marzo de la capital de Antioquia. El cuerpo del joven apareció pocas horas después con un disparo en la cabeza a pocas cuadras del lugar.

Los uniformados presentaron un informe operacional indicando que el joven había muerto después que atacara con un fusil a una patrulla militar. En el documento se manifestaba que esta acción se presentó en el desarrollo de la operación militar denominada “Jalón” que tenía como objetivo “la ofensiva de registro y control militar urbano para ubicar, capturar, someter y combatir a integrantes de las milicias de las Farc, ELN, autodefensas y delincuencia común”.

En el debate jurídico, la Corte Suprema de Justicia rechazó las conclusiones a las que había llegado el Tribunal Superior de Antioquia al restarle credibilidad al dicho de los testigos, así como el cuestionamiento hecho ante la demora para presentar la denuncia por la muerte del joven. “Emergen ostensibles los yerros de apreciación en la prueba por parte del Tribunal”.

La Sala Penal le dio validez a los testimonios de los familiares, amigos y vecinos de la víctima quienes dieron detalles de tiempo, modo y lugar sobre la forma en cómo se adelantaron los hechos. El alto tribunal considera que existe coherencia cuando se cita que los militares ingresaron al billar y detuvieron de manera injustificada a Duberney, lo golpearon y los sacaron amarrado de pies y manos de lugar.  

Igualmente, le restó credibilidad a la declaración de los procesados que a juicio de la Corte Suprema incurrieron en contradicciones frente al desarrollo de la citada operación “Jalón”, así como de los hechos que rodearon la muerte del joven. En algunos casos aseguraban que habían sido atacados sin mediar palabra por el ahora occiso, en otras señalaban que los había interceptado para preguntarles sobre su presencia en el lugar, otros incluso aseguraron que fueron atacados por más de una persona. Para la Corte estas versiones encontradas dan pie para dudar de las declaraciones presentadas en el desarrollo de la investigación.

Otro de los puntos de análisis en la sentencia hace referencia a los informes periciales que dejan entrever que la víctima no había manipulado ningún tipo de armamento, y mucho menos había accionado el fusil con el que supuestamente atacó a los militares que se encontraban en el lugar. Estas pruebas –reseña la Corte- no fueron tenidas en cuenta en el fallo de segunda instancia.

“La Sala emerge evidente el grado de participación como coautores de cada uno de los procesados, pues que con independencia de las funciones que se les fueron asignadas del continente militar, sobre cada uno de ellos gravitó el conocimiento de los hechos, la decisión de realizar de manera conjunta la conducta punible, el dominio funcional de los acontecimientos y su aportación esencial en la fase ejecutiva del delito”, precisa el fallo.

Debido a esto se dejó en firme el fallo de 30 años de prisión en contra de los cuatro procesados emitido por el juzgado segundo penal del circuito de Medellín el 14 de diciembre de 2010 por el delito de homicidio en persona protegida en calidad de coautores. Por esto ordenó su captura con el fin de que cumplan la sentencia privativa de la libertad.

Finalmente, se compulsaron copias a la Fiscalía General con el fin de que se adelante la investigación en contra de los otros integrantes del Ejército Nacional que participaron en la operación “Jalón” en la capital antioqueña con el fin de determinar si tuvieron participación y responsabilidad en la ejecución extrajudicial.

Por Redacción Judicial

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