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Corte rechazó solicitud de detención domiciliaria para Yidis

Consideró que la excongresista había incumplido anteriormente los compromisos.

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El Espectador
22 de mayo de 2012 - 01:02 p. m.
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Al considerar que existía un grave antecedente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó el recurso presentado por la excongresita Yidis Medina Padilla para que se le entregara el beneficio de casa por cárcel.

En su argumentación, la exrepresentante a la Cámara por Santander señalaba que era cabeza de familia.

Sin embargo, el alto tribunal manifestó que Medina ya en una oportunidad había violado los compromisos adquiridos ante la justicia cuando se le entregó el beneficio de detención domiciliaria.

"Ya que como bien se dijo, pese a que la Corte Suprema de Justicia le concedió tal beneficio, la penada hizo caso omiso de las obligaciones impuestas, mirando con desdén la justicia, debiéndose revocar el subrogado y en su lugar disponer el cumplimiento inmediato de la sanción", precisa la decisión.

En ese sentido señaló que la excongresista abandonó sin permiso judicial su casa, hecho por el cual se ordenó su traslado inmediato a la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, en donde se encuentra recluida en la actualidad.

"Si se concediera nuevamente la sustitución de la pena de prisión por prisión domiciliaria a una persona que realizó este tipo de comportamientos, se generaría sensación de desconcierto en la comunidad y no se daría el fin de prevención general, ni tampoco el efecto disuasivo previsto por la ley para quienes pretendan incumplir este tipo de beneficios”, se aclara.

Medina fue condenada junio de 2008 por la Corte Suprema de Justicia por el delito de cohecho propio a la pena de 47 meses y 6 días de prisión y el 30 de septiembre de ese año fue condenada por el juzgado tercero penal del circuito especializado de Bogotá a cincuenta meses y doce días de prisión como autora del delito enriquecimiento ilícito.

Por El Espectador

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