El exgobernador encargado de Arauca, José Rafael Zúñiga Castañeda, fue absuelto por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia dentro de una investigación por contratación irregular. Según encontró el alto tribunal, aunque el funcionario sí cometió los hechos, no era posible culparlo dentro del caso porque actuó con “la errada convicción de que su proceder no estaba prohibido”.
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Zúñiga Castañeda fue acusado por la Fiscalía como autor del delito de celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo durante su paso por la Gobernación del departamento. El exgobernador fue acusado por 16 contratos del 2006, de los cuales, ninguno contaba con estudios previos.
Para la Sala, “todos estos contratos se celebraron sin que se contara con estudios previos, por lo cual no se cumplieron los requisitos legales y se desconoció los principios de economía y planeación”. Aún así, la Corte determinó que “no es posible declarar a Zúñiga Castañeda penalmente responsable de estos hechos y lo absolvió, pues actuó bajo la errada convicción de que su proceder no estaba prohibido”.
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La razón que entregó el alto tribunal fue que cuando Zúñiga celebró los contratos, “estaba convencido de que los estudios previos que se habían hecho para los contratos de obra -ejecutados con recursos de regalías-, cobijaban también a los contratos de interventoría que derivaron de esas obras”. Para la Sala, el error que había “era invencible, dadas las condiciones personales del acusado y el corto lapso en el que se desempeñó como gobernador encargado”.
La Corte dijo que, además de los mencionados errores, el exgobernador (e) Zúñiga no fue correctamente informado por parte del equipo jurídico de la Gobernación. El alto tribunal encontró que “de acuerdo a la prueba recaudada era invencible teniendo en cuenta sus condiciones personales, esto es, que se trata de un licenciado en química, que pese a laborar desde tiempo atrás en la administración pública, no es experto en materias contractuales”.
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Según la Sala de Primera Instancia, por su desconocimiento, Zúñiga se limitó a atender “las directrices de la dependencia encargada de dar el aval respecto al cumplimiento o no de las exigencias de ley para los trámites contractuales, oficina que insistía para ese momento e incluso en desarrollo de este trámite penal, que todas se encontraban satisfechas”. Dentro del caso, ninguno de los magistrados estuvo en desacuerdo con absolver a Zúñiga.
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