La Corte Suprema de Justicia respondió a los cuestionamientos del presidente Gustavo Petro y negó que su pronunciamiento sobre la regulación agraria busquen frenar la reforma agraria impulsada por el Gobierno. El alto tribunal aclaró que no ha puesto en duda las facultades de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para adjudicar predios, pero insistió en la necesidad de establecer controles judiciales claros sobre decisiones que afectan derechos de propiedad rural.
La respuesta de la Corte se produjo luego de que, durante un acto en Cubará (Boyacá) por el reconocimiento de responsabilidad internacional del Estado en el caso del pueblo indígena u’wa, Petro criticara un reciente pronunciamiento judicial sobre tierras baldías y asegurara que la decisión limitaba el alcance de la reforma agraria. El mandatario incluso pidió una revisión ante la Corte Constitucional.
En un comunicado, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural explicó que sus observaciones fueron presentadas el 13 de mayo durante una sesión plenaria de la Cámara de Representantes, en la que participó como invitada para discutir el proyecto de ley que define las competencias de la jurisdicción agraria y establece el procedimiento especial para resolver disputas sobre tierras.
La corporación enfatizó que nunca ha objetado la función de la ANT para entregar tierras. “La adjudicación a cargo de la Agencia Nacional de Tierras no ha sido cuestionada, de manera alguna, por esta Corte”, señaló el alto tribunal. Según explicó, su preocupación no está en la entrega de predios, sino en procedimientos posteriores como la recuperación de baldíos ocupados irregularmente, la revocatoria de adjudicaciones, la reversión de tierras entregadas por el Estado o la declaratoria de caducidad administrativa.
Para la Corte, esos procesos no pueden quedar únicamente en manos de autoridades administrativas, aun cuando inicien en la ANT, pues pueden afectar derechos adquiridos y situaciones jurídicas ya consolidadas. “Se trata de actuaciones que, por su naturaleza y efectos, inciden de manera directa y definitiva en derechos subjetivos”, indicó la corporación, al advertir que esos casos requieren un control judicial “pleno, oportuno y especializado”.
La controversia entre Petro y la Corte Suprema por la reforma agraria
El pasado 14 de mayo, durante su discurso en el acto de reconocimiento de responsabilidad internacional del Estado en el caso del pueblo indígena u’wa, el jefe de Estado señaló: “Acaba la Corte Suprema de expedir un fallo sobre los baldíos nacionales, que en el caso de Orinoquia, Amazonia y otras partes del país son la mayor parte de la tierra”.
De acuerdo con Petro, el supuesto fallo “prohíbe a la Agencia Nacional de Tierras hacer el saneamiento y trasladarlo a propiedad campesina, indígena o afrodescendiente”. Asimismo, aseguró que esa presunta decisión “deja solo para dos instancias del poder judicial, en el más alto nivel, que se determine si el baldío pertenece a la nación o a sus actuales poseedores”. Y agregó: “Es decir, la Corte Suprema o los magistrados de esa sentencia han cerrado hoy el camino de la reforma agraria”.
Frente a esas críticas, uno de los reparos planteados por la Corte durante la plenaria de la Cámara de Representantes tuvo que ver con la distribución de competencias entre la nueva jurisdicción agraria y otras autoridades judiciales, especialmente el Consejo de Estado.
El alto tribunal pidió que el proyecto de ley delimite con precisión qué asuntos serán competencia de los jueces agrarios y cuáles seguirán bajo conocimiento de otras jurisdicciones, con el fin de evitar conflictos institucionales.
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La corporación recordó que esa delimitación está ligada al principio constitucional del “juez natural”, que garantiza que toda persona conozca de antemano qué autoridad resolverá su caso y bajo qué reglas. Según la Corte Suprema, aclarar las competencias previstas en el artículo 9 del proyecto fortalecería la autonomía de la Jurisdicción Agraria y Rural y garantizaría el debido proceso en los conflictos sobre tierras.
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