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Corte Suprema inadmite demanda por la desaparición de Nydia Erika Bautista

En su fallo, el alto tribunal señaló que Doria Yaneth Bautista, quien interpuso la demanda, no era parte en el proceso judicial que dejó libres a cuatro miembros del Ejército, entre ellos el brigadier general (r) Álvaro Hernán Velandia.

Redacción Judicial
10 de octubre de 2016 - 09:31 p. m.
 Nydia Érika Bautista, una socióloga militante del M-19, fue desaparecida el 30 de agosto de 1987. / Foto: Cortesía
Nydia Érika Bautista, una socióloga militante del M-19, fue desaparecida el 30 de agosto de 1987. / Foto: Cortesía

Por un asunto formal, la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda que interpuso Doria Yaneth Bautista, hermana de la militante del M-19 desaparecida Nydia Erika Bautista, para que ese alto tribunal revisara el caso que en primera y segunda instancia precluyó y dejó libres a cuatro miembros del Ejército que habrían estado involucrados en la desaparición, tortura y asesinato de Nydia Erika Bautista.

Para la Corporación, era evidente que “para tener legitimidad, la accionante debió demostrar que fue reconocida como sujeto procesal”. No obstante, de acuerdo con los documentos del caso, la defensa de los intereses de la víctima estaba en manos de la abogada Luz Marina Monzón.  “El poder otorgado  y los anexos a la demanda, no contienen elementos demostrativos de que Doria Yaneth Bautista sea parte civil en el proceso”, señaló el magistrado ponente Eyder Patiño.

Por este motivo, la Corte se abstuvo de analizar a fondo las pretensiones de la demanda presentada por la hermana de la guerrillera desaparecida el 30 de agosto de 1987.  Ese día, Nydia Erika Bautista fue sacada de su casa en el Barrio Casablanca (Bogotá) a las 6:30 de la tarde. Y, según los testigos que declararon en el caso, “varios hombres vestidos de civil que se movilizaban en un jeep Suzuki de placas SJ-410 (…), de color gris y carpado, la obligaron en forma violenta a subir al vehículo, el cual arrancó a gran velocidad con dirección a Bosa”.

De acuerdo con las indagaciones de la Fiscalía, esos hombres serían presuntamente los suboficiales Julio Roberto Ortega Araque, Luis Guillermo Hernández González Y Mauricio Angarita, quienes, de acuerdo con las declaraciones de cuatro testigos, estaban trabajando de la mano con el grupo paramilitar Muerte a Secuestradores (MAS). Además de ellos, desde el 21 de febrero de 1995, la Fiscalía 3 Seccional de Bogotá vinculó al general Álvaro Hernán Velandia al proceso.

Tras el rapto, la mujer habría sido llevada a una finca en la vía que conecta a Bogotá con Villavicencio, y luego la habrían trasladado hasta el sector de Quebradablanca en el municipio de Guayabetal (Cundinamarca). “Allí a 50 metros de los túneles del sector, a quemarropa, con los ojos vendados y de espaldas, fue asesinada por sus captores”. Su cadáver, que fue hallado el 12 de septiembre de 1987,  regresó a sus familiares hasta el año 1990.

Si bien en primera y segunda instancia los jueces del proceso penal fallaron a favor de la preclusión de las investigaciones, dejando en libertad a los uniformados involucrados en el caso, en noviembre del año 2009, el Consejo de estado ratificó la destitución del general Álvaro Hernán Velandia Hurtado y de los tres suboficiales del Ejército por su responsabilidad en la desaparición forzada, tortura y ejecución de la socióloga y militante del M-19.

De acuerdo con esa máxima instancia disciplinaria, los tres miembros de la XIII Brigada del Ejército-Batallón Charry Solano no solo habrían conocido el crimen contra Nydia Erika Bautista, sino que además lo habrían aprobado y por si fuera poco, habrían participado en su ejecución. Pero  a pesar de los avances en el proceso disciplinar, el caso de Nydia Erika Bautista, uno de los más emblemáticos en cuanto a desaparición forzada, sigue sin responsables penales. 

Por Redacción Judicial

 

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