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El exprocurador Alejandro Ordóñez, por ahora, no se libra de un proceso judicial que lo persigue hace cinco años por cuenta de unas declaraciones de prensa que le costaron una denuncia por calumnia de la exsenadora Piedad Córdoba. El caso revive ahora por cuenta de una decisión que leerá este 7 de diciembre la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia en la que decidió no cerrar la investigación en contra del hoy embajador de Colombia ante la OEA.
La ponencia de 30 páginas, firmada por el magistrado Jorge Emilio Caldas recordó el pleito que llevó a los dos exfuncionarios a enfrentarse en los estrados judiciales. La puja empezó en 2010, cuando Ordóñez como procurador general destituyó por 18 años a la hoy excongresista para ejercer con tal, por los supuestos nexos con las extintas Farc. Para la época, el exjefe del Ministerio Público dijo que Córdoba respondía al alias de Teodora Bolívar. Los señalamientos en contra de la mujer se registraron en el marco de las operaciones humanitarias que adelantaba con el grupo guerrillero.
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Aunque la Procuraduría dejó en firme la decisión en contra de Córdoba, un espaldarazo por parte del Consejo de Estado llegó para la exsenadora. La determinación tomada por la administración de Ordóñez quedó sin efectos, y él no escatimó en arremeter en contra de la misma. En varios medios de comunicación expuso su inconformismo sobre el revés que lo llevó a enfrentarse con la política ante los estrados judiciales. Ambos interpusieron denuncias y en esos ires y venires se lanzaban sátiras.
En su momento, Córdoba dijo estar “cansada” de la actitud del entonces procurador, quien, a su juicio, en “uso arbitrario de sus funciones se dedicó a una persecución acérrima en contra de ella por ser mujer, afrodescendiente, progresista y por defender las minorías sexuales y políticas”. La declaración la entregó una vez salió de la Fiscalía tras una fallida negociación con el exjefe del Ministerio.
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Mientras tanto, de otro lado, el exprocurador decía a los medios de comunicación que tenía certeza de la cercanía entre la exsenadora y los miembros de la antigua guerrilla. “Independientemente de las consideraciones formales del Consejo de Estado, la Procuraduría tiene la convicción de que Piedad Córdoba tiene relaciones con las Farc. Independientemente de las consideraciones formales del Consejo de Estado, la Procuraduría tiene la certeza de que la señora Piedad Córdoba es la misma Teodora Bolívar”, resaltó el exprocurador en una entrevista rendida en RCN Radio.
Para el magistrado Caldas, que tiene el proceso en su despacho, está claro que el exjefe del Ministerio Público con sus declaraciones “concretó y específico” el tipo de relación que tenía Córdoba con las extintas Farc. Esa situación, a su juicio, denota “falta de precisión y concreción en la imputación, más aún cuando era de conocimiento público que, para la época de estas aseveraciones, adelantaba gestiones de índole humanitario ante esa organización, por lo que sostener genéricamente que tenía relaciones con ella tampoco reviste de la entidad requerida para la estructuración del tipo objetivo”, dice la providencia.
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La ponencia resalta, entre otras cosas, que Ordóñez no logró poner en evidencia la colaboración por parte de la exsenadora con las extintas Farc. Debía documentar tiempo, modo y lugar en la que la excongresista brindó apoyo y no lo hizo. “De esa forma, emerge evidente que el indiciado no atribuyó de manera precisa, concreta, circunstanciada, inequívoca y categórica algún comportamiento típico de Piedad Córdoba”, dice el documento y añade que adjudicar el seudónimo de Teodora Córdoba a la excongresista no la vincula directamente con un acto delictivo.
“Tan no son categóricas, pero sobre todo precisas e inequívocas las afirmaciones del doctor Ordóñez contra la doctora Córdoba, que lo que de su contenido objetivamente emana es que están dirigidas a cuestionar los fundamentos de la decisión del Consejo de Estado que anuló la decisión por medio de las cuales la sancionó disciplinariamente, de ahí que haya sido insistente en tachar dicha providencia de meramente formal y de sustraerse a la valoración de medios de prueba que, a su juicio, sí fueron apreciados en la decisión sancionatoria”, reposa en la providencia.
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