La Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Héctor Javier Alarcón, profirió auto inhibitorio en favor del hoy senador Gustavo Petro, por el presunto delito de fraude a resolución judicial o administrativa de la Policía por inexistencia del hecho, al igual que se abstuvo de abrir investigación por calumnia e injuria indirecta, admitiendo el desistimiento de la denuncia hecha por el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El 27 de septiembre de 2018, el exmandatario había presentado denuncia por injuria y calumnia contra Petro, basado en que este había asegurado públicamente, en una entrevista radial concedida el 24 de agosto de ese mismo año, que sobornaba testigos en procesos penales y que, además, en su cuenta de Twitter, lo relacionaba con falsos positivos.
En cuanto al supuesto fraude a resolución judicial o administrativa de la Policía, un juzgado del circuito de Bogotá le había solicitado al líder de Colombia Humana rectificar lo dicho, cosa que no hizo sino que, por el contrario, habría ratificado en varios trinos.
En contexto: Álvaro Uribe desistió de la denuncia que interpuso contra Gustavo Petro por calumnia
En agosto del año pasado, Uribe, a través de su apoderado, el abogado Abelardo de la Espriella, desistió de la denuncia porque consideraba que la Corte no le brindaba garantías para continuar con el trámite judicial. Así las cosas, la Sala de Instrucción del alto tribunal decidió aceptar el desistimiento “aceptando la voluntad del quejoso”, en el caso de injuria y calumnia, absteniéndose de iniciar una investigación y declarando extinguida la acción penal.
En cuanto al fraude a resolución judicial o administrativa de la Policía, al analizar el alcance de lo sucedido, el alto tribunal determinó la inexistencia del hecho denunciado. En este sentido, profirió auto inhibitorio.