Un plantón se tomó por varias horas la entrada de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el 14 de septiembre. Decenas de personas sostenían carteles con mensajes como: “Muere la participación de las víctimas”, “decisiones yo con yo”, o “el Senit no debe vulnerar los derechos de las víctimas”. Eran organizaciones de víctimas que, acompañados de sus abogados, interpusieron una tutela contra una decisión del máximo órgano de la JEP que limita la participación de las víctimas en los procesos, un tema que ha levantado ampolla entre los magistrados.
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Se trata de la Sentencia Interpretativa (Senit) 3, decisión que tomó en abril la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz, supuestamente, para agilizar los procesos que lleva la Sala de Reconocimiento de Verdad. Como contó El Espectador en mayo, la decisión limita los recursos que tienen las víctimas y la Procuraduría contra decisiones que tome esa Sala, a cargo de la cual están los diez macrocasos que ha abierto la jurisdicción. En pocas palabras, no pueden presentar recursos de reposición ni de apelación, porque, dice la JEP, el suyo es un proceso “dialógico”.
Para las víctimas, esto no tiene ni pies ni cabeza. Según la tutela que radicaron esta semana para tumbar la decisión, hay cuatro razones por las que la Senit 3 debería caerse. En primer lugar, porque la Sección de Apelación no sería competente para definir qué decisiones se pueden apelar o reponer. Segundo, porque el fallo entendió de manera “inadecuada y errónea” el proceso “dialógico” bajo el que construye verdad la JEP. Tercero, porque el fallo violaría los derechos a la participación que les concede la Ley de Víctimas. Y cuarto, porque los magistrados estarían desconociendo la realidad por apegarse a las normas.
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“Consideramos que afecta gravemente los derechos de las víctimas al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y, sobretodo, a participar de este escenario de justicia transicional. Hace parte esencial del derecho a la justicia la posibilidad de controvertir decisiones”, dijo el abogado Sebastián Escobar, del Colectivo José Alvear Restrepo (Cajar), una de las organizaciones detrás de la tutela. A su juicio, la fórmula del espacio “dialógico”, además, es problemática porque, en la práctica, si bien las víctimas pueden presentar observaciones, la JEP no está obligada a contestarlas ni a tenerlas en cuenta.
#AHORA inicia plantón frente a la @JEP_Colombia #LasVíctimasEnElCentro, en rechazo a la sentencia interpretativa 03 que limita su participación
— ColectivoDeAbogad@s (@Ccajar) September 14, 2022
🎥🔴Transmisión aquí👇🏾https://t.co/K0x2vgl7FM pic.twitter.com/ZTbUczJv1u
En un comunicado, la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (Coeuropa), plataforma de organizaciones que también hace parte de la tutela, expresó qué es lo que buscan con la demanda: “Frente a este panorama, la exigencia que se hace es que se revoque la Senit 3 en dichos aspectos que afectan los derechos de las víctimas dado que se debe asegurar la participación efectiva de las víctimas en las decisiones que tome la JEP por lo que el principio de estricta temporalidad para que las actuaciones de la justicia no tengan demoras injustificadas, no puede estar por encima del principio de centralidad de las víctimas, siendo sus derechos el eje central de la Jurisdicción”.
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