El Consejo de Estado admitió para estudio una demanda interpuesta por el abogado Roberto Mauricio Rodríguez y el periodista Gonzalo Guillén, quienes aseguran que el defensor del pueblo, Carlos Camargo Assis, debe salir del cargo. Según el recurso, Camargo no habría acreditado la experiencia necesaria ni el conocimiento en derechos humanos para aspirar al cargo. Aunque también habían pedido suspenderlo de sus funciones mientras el alto tribunal decidía de fondo, la Sección Quinta negó la solicitud y ahora entrará a estudiar los argumentos de los demandantes la magistrada a la que le fue asignado el caso: Lucy Jeanette Bermúdez.
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Esta demanda, que se suma a otra previamente admitida del congresista David Racero, se centra en asegurar que cuando Camargo Assis fue elegido en la Cámara de Representantes, “no se realizó un verdadero análisis y estudio de su hoja de vida”. Citan, por ejemplo, las palabras del representante Jorge Alberto Gómez, quien dijo en la plenaria en la que fue elegido el defensor que es, “requisito sine qua non e ineludible para la designación del Defensor del Pueblo, el conocimiento y experticias en derechos humanos, algo obvio para asumir el cargo”. No obstante, insisten los demandantes, esa experiencia y conocimiento no los habría probado el demandado defensor.
Según Guillén y Rodríguez, el defensor Camargo, “omitió hacer referencia en su hoja de vida a dos hechos notorios y de público conocimiento divulgados el 6 de agosto de 2020, fecha de presentación de la primera terna a la Cámara de Representantes, que por demás generaron clara confusión en la ciudadanía, en nota periodística titulada Dos mujeres y un hombre conforman terna a la Defensoría anunciada por Duque, esto es los supuestos ‘estudios en derechos humanos y derecho internacional humanitario en la American University’, lo que no consta, no se acreditó, no aparece en la hoja de vida suministrada por Camargo a la Cámara de Representantes”.
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Además de ese supuesto posgrado de una universidad estadounidense que ahora no aparece, reprochan que Camargo tenga estudios en la Escuela Superior de Guerra, “lo que implica esto último ya un sesgo ideológico para ocupar de manera autónoma (el cargo)”. Tampoco cumpliría el defensor con el requisito que le impone la ley de tener 15 años de experiencia acumulada ya que, de los trabajos anteriores que reposan en la hoja de vida, “solamente dio cuenta de 12 años y 9 meses de experiencia como abogado”, aseguran los demandantes.
También ponen de presente que el nombre de Camargo ha salido salpicado en varios escándalos, en hechos que están siendo investigados por la Fiscalía y la Procuraduría. Por todos estos argumentos, los demandantes habían pedido que se suspendiera a Camargo de la Defensoría mientras se revisaba de fondo si su elección estaba ajustada a la ley. No obstante, el Consejo de Estado permitió que el defensor se pronunciara y aportara documentos. Y, tras revisarlos, encontró que, “no se advierte, en esta esta etapa admisoria, que exista yerro respecto de la experiencia profesional acreditada”.