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Demandan fuero penal militar

Uno de los temores de los firmantes de la demanda, entre quienes están varios familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales, es que se abra la posibilidad para que hechos como los “falsos positivos” sean juzgados por la justicia penal militar.

Redacción Judicial

15 de julio de 2015 - 10:51 p. m.
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Desde el 10 de julio, cuando el Congreso de la República aprobó la reforma al artículo 221 de la Constitución Política que modificó el fuero penal militar, estaba anunciada una demanda de inconstitucionalidad que finalmente fue presentada este miércoles ante la Corte Constitucional por los congresistas Alirio Uribe e Iván Cepeda, del Polo, Ángela Robledo de la Alianza Verde, varias organizaciones defensoras de Derechos Humanos y familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales.

Este no es el primer obstáculo que enfrenta la reforma al fuero, una de las iniciativas legislativas en las que está empecinado el Gobierno Nacional. En octubre de 2013, la Corte Constitucional declaró inexequible un proyecto previo que también buscaba reformar el fuero, argumentando vicios en su trámite. Así que el Gobierno tuvo que empezar desde cero un nuevo recorrido en el Congreso; y no la tuvo fácil, a lo largo de los debates el contenido de la iniciativa sufrió múltiples modificaciones, entre otras, se eliminó del proyecto legislativo una lista que especificaba los delitos por los que los militares serían juzgados en la justicia ordinaria.

Con mucha resistencia y cambios sustanciales, finalmente fue aprobada la reforma que ahora enfrenta esta demanda de inconstitucionalidad, fundada en el argumento de que la reforma va en contravía de varios pilares fundamentales de la Constitución. Por ejemplo, según los demandantes, se afecta la obligación que tiene el Estado de garantizar los derechos humanos; se viola la autonomía de jueces y fiscales, y se establecen privilegios injustificados a los miembros de la Fuerza Pública cuando cometan delitos en ocasión del conflicto armado, contrariando así la Carta Política que sostiene la igualdad de todos ante la ley.

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Lo que implica la reforma aprobada por el Congreso es la adición de un parágrafo al artículo 221 de la Constitución, en el que se establece que las conductas punibles cometidas por miembros de la Fuerza Pública en el marco del conflicto armado serán investigadas y juzgadas bajo el Derecho Internacional Humanitario (DIH), si se ajustan a éste, y no por la justicia ordinaria.

Según la demanda, esta adición establece una interpretación amañada del DIH: “Se manda el mensaje de que un hecho grave de violación a los Derechos Humanos puede ser justificable a la luz del Derecho Internacional Humanitario”, asegura Alirio Uribe, representante a la Cámara que ha impulsado la demanda, y agrega: “Detrás de la reforma vienen otros proyectos legislativos, como la reforma al Código Penal Militar, con los que se le abre una ventana a la impunidad”. Por el contrario, los defensores del acto legislativo afirman que lo que se busca es darle mayor seguridad jurídica a los miembros de la Fuerza Pública, y que al ser investigados y juzgados bajo el DIH, se favorece la transparencia y efectividad de estos procesos.

Uno de los temores de los firmantes de la demanda, entre quienes están varios familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales, es que se abra la posibilidad para que hechos como los “falsos positivos” sean juzgados por la justicia penal militar. María Sanabria, integrante de las “Madres de Soacha”, cuyo hijo Jaime Valencia fue uno de los miles de “falsos positivos”, dice que “si así mataron más de 5.700 muchachos, cómo será con la ampliación del fuero”. Sin embargo, desde el Gobierno se ha señalado recurentemente que los “falsos positivos” no serán juzgados por la justicia militar y que la ampliación del fuero no busca impunidad.

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Los impulsores de la demanda están optimistas con un fallo favorable de la Corte, lo que sin duda sería un revés fuerte para el Gobierno Nacional y una angustia más para el recién posesionado ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, pues la reforma al fuero penal militar es una exigencia que los altos mandos castrenses están haciendo desde hace un buen tiempo. La Corte Constitucional tiene la última palabra y la decisión puede ser dividida; el fallo que tumbó el proyecto previo en 2013 tuvo una reñida votación de 5 a 4.

Por Redacción Judicial

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