Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              10 de febrero de 2016 - 10:44 p. m.

                                                                                                                              Despedido por revisar su celular en el trabajo

                                                                                                                              Para la Corte la medida fue desproporcionada y la empresa no tuvo en cuenta que el empleado se comunicaba con su padre enfermo por este medio.

                                                                                                                              Juan Sebastián Jiménez Herrera 

                                                                                                                              Juan Carlos fue despedido el 5 de febrero de 2015 por leer un mensaje de texto en el que un familiar le informaba que otro allegado se encontraba en grave estado de salud, por lo que era muy posible que fuera llevado a urgencias. Desde diciembre de 2014, la empresa para la que trabajaba, Grupo Asesoría en Sistematización de Datos, había prohibido el uso de celulares en las instalaciones de la empresa. Y, por ello, fue sancionado.

                                                                                                                              Pero la firma no tuvo en cuenta las condiciones en las que Juan Carlos se encontraba: en ese momento, su padre, de 84 años, era atendido por una fractura de cadera; y su hermano menor, por trastorno bipolar y epilepsia. Sin contar que el mismo Juan Carlos padecía VIH. Lo que le había causado, a su vez, un síndrome de desgaste y una grave inflamación en una de sus retinas. Juan Carlos interpuso una tutela el 16 de abril de 2015 para que fuera reintegrado a su trabajo.

                                                                                                                              Aunque durante el proceso Juan Carlos no pudo probar que la empresa supiera de la enfermedad que padecía, sí demostró que la firma se encontraba al tanto del estado de salud de sus familiares, ya que él mismo había solicitado que se le permitiera usar el celular para estar en contacto con ellos. Pero la empresa, dijo, no tuvo en cuenta esto a la hora de sancionarlo. El Grupo Asesoría en Sistematización de Datos respondió que la decisión de terminar su contrato no obedeció a su estado de salud o al de sus familiares, sino que tal medida derivó “exclusivamente” del incumplimiento de las políticas de seguridad a las que Juan Carlos se encontraba obligado a acatar. Dos jueces le dijeron que no a la tutela porque, en su criterio, Juan Carlos contaba con otros mecanismos para resolver este entuerto. Entonces el caso llegó a la Corte Constitucional, que en un reciente fallo conocido por este diario, falló a su favor, al considerar que la medida fue “desproporcionada”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              El alto tribunal sostuvo que, “si bien no se encuentra norma que prohíba a las empresas y a los empleadores pactar este tipo de cláusulas”, tales restricciones deben atender a criterios de “proporcionalidad y razonabilidad”. Para la Corte fue claro que la empresa no valoró la situación personal de Juan Carlos y su familia, “sino que optó por una irreflexiva prohibición e impuso la más severa sanción laboral”.

                                                                                                                              Sin mencionar que, en ningún momento, se probó que con leer el mencionado mensaje de texto Juan Carlos hubiera puesto la seguridad de la empresa en riesgo. “No se configuró una amenaza que permita calificar la sanción impuesta como razonable”. Para el alto tribunal, la empresa debió realizar, “al menos”, un primer llamado de atención que permitiera al trabajador exponer su situación familiar para poder acordar una solución al respecto. Pero no lo hizo. 

                                                                                                                              Por ello, le ordenó a la empresa reintegrar a Juan Carlos a su cargo o a uno de “semejante o superior jerarquía, teniendo en cuenta las prescripciones médicas en torno a su salud”. De la misma forma, le ordenó pagar los salarios dejados de percibir “desde la fecha de su despido hasta la de su reintegro, al igual que ponerse al día con el pago de los aportes en salud, pensión y riesgos profesionales dejados de cancelar”.

                                                                                                                              En el fallo, del magistrado Jorge Iván Palacio, la Corte aprovechó para presentar un minucioso estudio sobre la importancia de los nuevos medios de comunicación para la sociedad. Hizo referencia, por ejemplo, a un informe publicado por el DANE en marzo de 2014, en el que se señalaba que “en 2013, para el total nacional, en el 94,7% de los hogares, al menos una persona poseía servicio de telefonía por celular”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              “Ante el crecimiento de la tecnología y los medios de comunicación”, dijo la Corte, se justifica que en ciertas ocasiones la empresa pueda restringir el uso de estos aparatos. El desafío, sin embargo, es “encontrar un punto de equilibrio entre los derechos del trabajador, los del empleador y los de los usuarios”. En resumen: que los derechos de unos no apabullen, no transgredan los de los otros.

                                                                                                                              Juan Carlos fue despedido el 5 de febrero de 2015 por leer un mensaje de texto en el que un familiar le informaba que otro allegado se encontraba en grave estado de salud, por lo que era muy posible que fuera llevado a urgencias. Desde diciembre de 2014, la empresa para la que trabajaba, Grupo Asesoría en Sistematización de Datos, había prohibido el uso de celulares en las instalaciones de la empresa. Y, por ello, fue sancionado.

                                                                                                                              Pero la firma no tuvo en cuenta las condiciones en las que Juan Carlos se encontraba: en ese momento, su padre, de 84 años, era atendido por una fractura de cadera; y su hermano menor, por trastorno bipolar y epilepsia. Sin contar que el mismo Juan Carlos padecía VIH. Lo que le había causado, a su vez, un síndrome de desgaste y una grave inflamación en una de sus retinas. Juan Carlos interpuso una tutela el 16 de abril de 2015 para que fuera reintegrado a su trabajo.

                                                                                                                              Aunque durante el proceso Juan Carlos no pudo probar que la empresa supiera de la enfermedad que padecía, sí demostró que la firma se encontraba al tanto del estado de salud de sus familiares, ya que él mismo había solicitado que se le permitiera usar el celular para estar en contacto con ellos. Pero la empresa, dijo, no tuvo en cuenta esto a la hora de sancionarlo. El Grupo Asesoría en Sistematización de Datos respondió que la decisión de terminar su contrato no obedeció a su estado de salud o al de sus familiares, sino que tal medida derivó “exclusivamente” del incumplimiento de las políticas de seguridad a las que Juan Carlos se encontraba obligado a acatar. Dos jueces le dijeron que no a la tutela porque, en su criterio, Juan Carlos contaba con otros mecanismos para resolver este entuerto. Entonces el caso llegó a la Corte Constitucional, que en un reciente fallo conocido por este diario, falló a su favor, al considerar que la medida fue “desproporcionada”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              El alto tribunal sostuvo que, “si bien no se encuentra norma que prohíba a las empresas y a los empleadores pactar este tipo de cláusulas”, tales restricciones deben atender a criterios de “proporcionalidad y razonabilidad”. Para la Corte fue claro que la empresa no valoró la situación personal de Juan Carlos y su familia, “sino que optó por una irreflexiva prohibición e impuso la más severa sanción laboral”.

                                                                                                                              Sin mencionar que, en ningún momento, se probó que con leer el mencionado mensaje de texto Juan Carlos hubiera puesto la seguridad de la empresa en riesgo. “No se configuró una amenaza que permita calificar la sanción impuesta como razonable”. Para el alto tribunal, la empresa debió realizar, “al menos”, un primer llamado de atención que permitiera al trabajador exponer su situación familiar para poder acordar una solución al respecto. Pero no lo hizo. 

                                                                                                                              Por ello, le ordenó a la empresa reintegrar a Juan Carlos a su cargo o a uno de “semejante o superior jerarquía, teniendo en cuenta las prescripciones médicas en torno a su salud”. De la misma forma, le ordenó pagar los salarios dejados de percibir “desde la fecha de su despido hasta la de su reintegro, al igual que ponerse al día con el pago de los aportes en salud, pensión y riesgos profesionales dejados de cancelar”.

                                                                                                                              En el fallo, del magistrado Jorge Iván Palacio, la Corte aprovechó para presentar un minucioso estudio sobre la importancia de los nuevos medios de comunicación para la sociedad. Hizo referencia, por ejemplo, a un informe publicado por el DANE en marzo de 2014, en el que se señalaba que “en 2013, para el total nacional, en el 94,7% de los hogares, al menos una persona poseía servicio de telefonía por celular”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              “Ante el crecimiento de la tecnología y los medios de comunicación”, dijo la Corte, se justifica que en ciertas ocasiones la empresa pueda restringir el uso de estos aparatos. El desafío, sin embargo, es “encontrar un punto de equilibrio entre los derechos del trabajador, los del empleador y los de los usuarios”. En resumen: que los derechos de unos no apabullen, no transgredan los de los otros.

                                                                                                                              Por Juan Sebastián Jiménez Herrera 

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar