Publicidad

Destituida e inhabilitada Martha Leal por chuzadas

La exsubdirecotra de operaciones del organismo de inteligencia fue suspendida por 15 años.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
El Espectador
03 de noviembre de 2011 - 11:29 a. m.
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

La Procuraduría General destituyó e inhabilitó por 15 años para el ejercicio de cargos públicos a la exsubdirectora de operaciones del DAS Martha Inés Leal por su participación en los seguimientos e interceptaciones ilegales contra magistrados, políticos de oposición y defensores de derechos humanos.

Según la decisión del Ministerio Público, la exfuncionaria incurrió en fallas disciplinarias “gravísimas” a título de dolo en las actividades ilegales que se adelantaron desde el organismo de inteligencia contra un grupo de personas.

Leal Hoyos participó en los procedimientos “irregulares efectuados a teléfonos celulares incautados a personas privadas de la libertad, con el fin de extraer, analizar e incorporar la información de dichos equipos y las respectivas tarjetas SIM al denominado “proyecto X” y seguimientos a diferentes personas sin autorización judicial durante los años 2004 a 2008”. 

Igualmente, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por 10 años a la funcionaria del DAS, Teresa Guzmán Cortés, quien para la fecha de los hechos se desempeñaba como coordinadora del Grupo de Desarrollo Tecnológico de la Dirección General de Inteligencia.

Por estos mismos hechos, se suspendió en el ejercicio de su cargo por el término de seis meses a José Antonio García Linares, quien se desempeñó era el subdirector de Desarrollo Tecnológico de la Dirección General de Inteligencia del DAS.

En la investigación disciplinaria se evidencia que estas personas incurrieron en los seguimientos a la exsenadora liberal Piedad Córdoba, al recién electo alcalde de Bogotá Gustavo Petro, al expresidente de la Corte Suprema de Justicia Cesar Julio Valencia Copete, y el abogado Ramiro Bejarano.

Con estos hechos, la Procuraduría consideró que estas tres personas vulneraron el derecho a la intimidad de varias personas y la legalidad de procedimientos de inteligencia que debían contar con autorización judicial.

En el fallo se especifica, que por la formación académica y experiencia profesional de las dos disciplinadas, como servidoras públicas, les exigía “extremar los cuidados para ejercer sus funciones con el fin de evitar posibles transgresiones innecesarias a los derechos fundamentales”, pero ello no ocurrió y sin importar que esto constituía una ilicitud sin importarles las consecuencias.

Por El Espectador

Conoce más

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.