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Diócesis de Pereira es responsable por abuso sexual de un niño en 2008: así pagará

La Corte Constitucional concluyó que la Diócesis de Pereira es civilmente responsable del abuso sexual cometido por un cura a un niño en marzo de 2008. Además, ordenó a las autoridades eclesiásticas adoptar protocolos de prevención y protección.

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31 de julio de 2025 - 09:34 p. m.
El responsable, además, fue condenado a siete años de prisión y diez días en el 2011.
El responsable, además, fue condenado a siete años de prisión y diez días en el 2011.
Foto: Aaron Burden / Unsplash
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La Corte Constitucional falló en contra de la Diócesis de Pereira, reconociéndola civilmente responsable por el abuso sexual que sufrió un menor de edad en marzo de 2008 a manos de un cura. Además, ordenó a las autoridades eclesiásticas adoptar protocolos de prevención, protección y denuncia, para evitar más casos de violencia sexual contra niños.

El expediente judicial inició el 7 de julio de 2011, cuando un juzgado del Circuito con Función de Conocimiento de Pereira condenó al párroco, quien además era profesor de una institución educativa pública de la ciudad, a la pena de siete años de prisión y 10 días. Esto por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años. La Corte Constitucional ocultó su nombre, pero se refirió a él como Alfredo.

Por estos hechos y a través de una solicitud presentada por la víctima y su familia, que incluye a su madre, abuela, prima y tío, el juzgado condenó a Alfredo y al municipio de Pereira al pago de una indemnización.

A pesar de esto, el juzgado de Pereira exoneró a la Diócesis de Pereira y a la Conferencia Episcopal de Colombia, negando su participación en actos de abuso sexual a menores. Esta decisión fue impugnada por la familia de la víctima.

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Tras casi diez años, en 2023, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito de Pereira dictó la sentencia de segunda instancia. El tribunal concluyó que el municipio de Pereira no podía ser vinculado ni declarado responsable y que la Diócesis de Pereira no era civilmente responsable de los hechos ocurridos en 2008.

Luego de años de procesos judiciales, en julio de 2024, el apoderado de las víctimas interpuso una acción de tutela contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Pereira. Argumentaron que la sentencia del 24 de abril de 2023 incurrió en tres defectos, buscando que la organización eclesiástica pagara por los daños realizados.

Luego de estudiar el expediente a fondo, la Corte Constitucional revocó los fallos de tutela que negaron el amparo. En su lugar, amparó los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia de los accionantes.

Además, la Corte ordenó a la Diócesis de Pereira y a la Conferencia Episcopal de Colombia remitir todas las denuncias de abuso sexual a menores de las que tengan conocimiento al ICBF, a la Defensoría del Pueblo y a la Fiscalía General de la Nación en los próximos tres meses. También les ordenó establecer protocolos inmediatos de prevención y protección.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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