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Exdirectora de colegio será condenada tras despedida de 5° que terminó en tragedia

En 2006, dos niños se ahogaron en el balneario La Playa en Piedecuesta. La entonces directora del Instituto Domingo Sabio, Aydee Lamus, les pidió a los padres que no acompañaran la salida pedagógica, realizada cuando el salvavidas del lugar estaba en día de descanso.

17 de abril de 2022 - 06:00 p. m.
Imagen de referencia.
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Foto: Pixabay

La exdirectora del Instituto Pedagógico Domingo Sabio de Floridablanca (Santander), Aydee Lamus Quintero, quedó sentenciada por tercera vez consecutiva por el delito de homicidio culposo (no intencional). Así lo determinó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la cual confirmó que la ciudadana falló en su condición de garante, luego de que, en una salida escolar en 2006, resultaran ahogados dos niños de 5°. Quedó sentenciada a tres años de prisión.

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Esta historia comienza en noviembre de 2006. Lamus Quintero era reconocida por la comunidad académica como la responsable del Instituto Pedagógico Domingo Sabio y, una vez finalizado el ciclo escolar, organizó una despedida para los estudiantes de 5°. Tras insistir a los padres de familia, de los estudiantes de 4° y 5°, llevó a 19 menores de edad al balneario La Playa, en Piedecuesta (Santander).

Alrededor de las 10:30 a.m., 12 de los alumnos abordaron dos balsas con el propósito de navegar en un lago de más de cuatro metros de profundidad. Sin elementos de seguridad y sin la supervisión de profesores o Lamus Quintero, se dividieron entre niños y niñas. Cerca de finalizar el recorrido, según la hipótesis de la Fiscalía, un estudiante de 11 años se lanzó al agua. Se hundió y otro menor de 10 años acudió en su rescate, pero ambos se ahogaron.

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“Usted como organizadora de este evento no previó las medidas de seguridad mínimas que debía cumplir este lugar. No se acercó antes a verificar cómo era el sitio, el cual además estaba a penas en funcionamiento y máxime si su única atracción era un lago, el cual no tenía señalización alguna de su profundidad, no tenía cerramientos. No previó que el establecimiento ofreciera servicio de salvavidas o de personal experto para procurar la seguridad de los infantes (…)”, acusó la Fiscalía, tesis que fue aceptada en tres instancias por la justicia.

En la segunda instancia, en 2018, el Tribunal Superior de Bucaramanga había confirmado la condena en su contra. No obstante, Aydee Lamus interpuso recurso de casación, el cual llegó a la Corte Suprema. Señaló que no existen testigos que acrediten que ella ostentaba la posición de garante a momento de la tragedia.

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“Por otra parte, controvirtió el testimonio Carolina*, madre de A.F.S.M. (víctima de homicidio culposo), en razón a que, si bien aseguró que Lamus Quintero ejercía funciones de directora, administradora y propietaria, durante el juicio se probó que al momento de los hechos la rectoría era ejercida por Fabiola Díaz Serrano”, señaló la Corte Suprema, en cuanto a la estrategia de defensa de la entonces directora.

La Corte Suprema consideró, no obstante, que Lamus Quintero sí ostentaba la posición de garante. Citó el Código Penal, el cual indica que “quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal”.

Además, la Sala Penal acudió al testimonio de una de las madres de las víctimas, quien indicó que el día anterior su hijo le habló de un paseo. Ella no lo dejó ir, no obstante, la directora Lamus se comunicó con la familia explicando que era el único niño que faltaba por confirmar. Entonces, la madre autorizó a su hermana para llevar al niño al colegio, pero con la advertencia que no tenía “permiso para bañarse”.

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“Ante ese panorama, está acreditado que Aydee Lamus Quintero asumió el deber de cuidado de los infantes, pues los padres de familia, amparados en la trayectoria profesional de la procesada, consintieron que acudieran a la despedida del año escolar sin el acompañamiento de alguno de ellos. Pese a lo anterior, la procesada omitió adoptar medidas eficaces de cuidado y vigilancia de los niños, lo que facilitó que A.F.S.M. y Y.A.C.P. se apartaran del grupo y fallecieran ahogados, sin que los adultos presentes notaran su ausencia”, concluyó la Corte.

Otro de los testimonios tenidos en cuenta fue el del salvavidas Mauricio Hernández, quien el día de la emergencia estaba en día de descanso. Aseguró que lo llamaron porque había un menor desaparecido. Testificó que, al momento de hallar los cuerpos, ninguno tenía chaleco de seguridad, aunque el balneario contaba con esos elementos de protección. Así las cosas, quedó sentenciado que la exdirectora Aydee Lamus Quintero pasará más de tres años en prisión, tras organizar una despedida que termino en tragedia.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Norma(12580)17 de abril de 2022 - 11:27 p. m.
Accidentes y omisiones irresponsables ocurren a menudo. Ojalá los/as adultos/as responsables del cuidado de niños/as, aprendan la dolorosa lección. Las vidas de muchas personas salieron duramente afectadas.
Mario(16018)17 de abril de 2022 - 07:21 p. m.
Con semejante culpa, y apenas tres años de prisión, y después de tanta retórica para no aceptar los cargos que se le imputaban.
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