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“Don Antonio” no será procesado por falso testimonio en caso de Silvia Gette

El pasado 20 de noviembre un juez absolvió a alias Don Antonio, acusado de mentir en el expediente de Silvia Gette, exrectora de la Uniautónoma, por la supuesta responsabilidad de la mujer en el asesinato de un ganadero en Barranquilla. Ahora el Tribunal de Bogotá confirmó la decisión, pero por motivos administrativos. El año pasado la Fiscalía resolvió reabrirle el proceso a Gette por la muerte de Cepeda.

12 de febrero de 2021 - 10:21 p. m.
Silvia Gette, exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, y alias "Don Antonio", exparmilitar de las Autodefensas Unidas de Colombia.
Silvia Gette, exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, y alias "Don Antonio", exparmilitar de las Autodefensas Unidas de Colombia.
Foto: Archivo

Un nuevo caso de prescripción de la acción penal, figura judicial que avala el cierre de los expedientes penales por lentitud, se da en el caso de la argentina Silvia Gette, exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, investigada por la muerte de un ganadero en Barraquilla, en agosto de 2003. El Tribunal Superior de Bogotá concluyó el proceso del exparamilitar Edgar Ignacio Fierro, alias Don Antonio, a quien la Fiscalía acusó de mentir en sus declaraciones contra Gette, a quien le ha atribuido la responsabilidad por el crimen.

El pasado 20 de noviembre, el Juzgado 25 Penal de Circuito de Bogotá absolvió al exparamilitar y excapitán del Ejército alias Don Antonio, mano derecha de Jorge 40 en la Costa Caribe, por los delitos de soborno, falso testimonio y fraude procesal. De acuerdo con el despacho judicial, la Fiscalía no pudo probar que Don Antonio mintió al decir que Silvia Gette supuestamente ordenó reuniones junto a paramilitares para asesinar al ganadero Fernando Cépeda Vargas. Tanto la Procuraduría como el ente investigador apelaron la decisión, pero el Tribunal Superior de Bogotá indicó que se venció eel tiempo para investigar el supuesto delito de Don Antonio .

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“La Sala carece de la facultad para resolver la apelación y la única actuación permitida en este momento es la de reconocer el instituto (la decisión del Juzgado 25 de Circuito), declarar el fenecimiento de la potestad punitiva del Estado y cesar todo procedimiento”, consideró el Tribunal Superior de Bogotá. De acuerdo con la decisión tomada en segunda instancia, que de igual forma puede ser debatida con otro recurso, la fecha máxima para condenar o absolver a Don Antonio era el pasado 16 de septiembre, y solo hasta el 20 de noviembre de 2020 se llegó a una decisión. Prescribió la acción penal y, a partir de ese momento, todo trámite es inválido.

De acuerdo con el Código Penal, quien incurra en los delitos de soborno, falso testimonio y fraude procesal tendrá una pena máxima de 12 años. Ese número, 12, es clave, pues también indica la cantidad de años que el caso puede seguir en curso antes de darse por concluido, sea cual sea el resultado. Ahora bien, según las reglas consignadas en nuestras leyes, cuando la Fiscalía decide imputar a una persona, los términos de prescripción se reducen a la mitad del tiempo de la máxima condena. Es decir, en este caso, el ente investigador tenía seis años para condenar a Don Antonio, después de imputarlo formalmente por los tres delitos.

Sin embargo, según las cuentas del Tribunal Superior de Bogotá, la audiencia de imputación se llevó a cabo el 16 de septiembre de 2014, por lo que la prescripción de la acción penal se cumplía el 16 de septiembre de 2020. Como Don Antonio fue absuelto, en primera instancia, el pasado 20 de noviembre, su expediente quedó archivado por dilación en las fases procesales. El Tribunal agregó que tampoco puede realizar su estudio de fondo sobre las supuestas mentiras de Don Antonio, pues un despacho judicial con anterioridad lo declaró libre de toda responsabilidad.

“Después de un largo proceso se absuelve a mi defendido por los delitos que fue acusado, y por los que nunca debió haber llegado a juicio, un proceso donde la Fiscalía llevo unos testigos, hoy todos imputados por falso testimonio, y una investigadora del CTI, con dos sentencias ejecutoriadas por haber sobornado testigos para declarar en contra de los acusados en este proceso, y culpar del homicidio del ganadero Fernando Cepeda a su viuda. Fueron seis años de desgaste de la administración de justicia, en un proceso que nació moribundo”, dijo en su momento el defensor de Don Antonio, el abogado Camilo Bocanegra.

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En el documento conocido por El Espectador, sobre la prescripción en el caso de alias Don Antonio, llama la atención que también se suspendió el proceso contra el exparamilitar Yonis Rafael Acosta, alias 28, quien fue imputado por los mismos delitos, pero el 19 de diciembre de 2014. La prescripción de la acción penal en el caso de alias 28 se fijó para el 19 de diciembre de 2020, es decir, un día antes de que el Juzgado 25 Penal de Circuito de Bogotá los absolviera a ambos. La Fiscalía sostuvo, ineficazmente, que Acosta nunca fue enviado por Don Antonio a una reunión para preparar el asesinato del ganadero, por el cual Silvia Gette enfrenta un proceso penal.

De hecho, la Fiscalía ha desestimado que Silvia Gette tenga responsabilidad alguna en la muerte del ganadero Fernando Cépeda. Por ejemplo, ante el testimonio de Don Antonio, quien dijo que alias 28 sí fue enviado por él a una reunión para preparar el crimen, el ente investigador aseguró que, en 2003, alias 28 estaba preso en la cárcel El Bosque de Barranquilla y que solo hasta 2005 se conocieron ambos exparamilitares. Don Antonio incluso dijo que pagó un dinero para que 28 quedara libre y fuera a la reunión, pero la Fiscalía ha insistido en que no hay registros que permitan conocer la veracidad de la mano derecha de Jorge 40.

Asimismo, el ente investigador argumenta que, para la fecha del crimen contra el ganadero, Silvia Gette estaba en un “grave estado de salud” y, para corroborar tal situación, hay testimonios y documentos que lo acreditan. De hecho, en 2017 la Fiscalía intentó archivarle el proceso por supuesto homicidio porque “no se recaudó prueba con la contundencia y entidad suficientes para acusar”. La Procuraduría apeló tal decisión y argumentó que, además, Silvia Gette actualmente enfrenta una condena por pagarle $250 millones a Don Antonio para que cambiara su versión sobre el asesinato del ganadero. Y no solo eso, la exrectora también está sentenciada por autoprestarse US$1 millón para gastos personales, del dinero aportado por los mismos estudiantes de la Uniautónoma.

Así las cosas, el testimonio de Don Antonio contará en el expediente por presunto homicidio contra Silvia Gette, caso que se reabrió a mediados del año pasado por orden de la misma Fiscalía, la cual reversó su decisión inicial y que, tras decisión del Tribunal Superior de Bogotá, no podrá decir que el exparamilitar incurrió en falso testimonio durante el proceso. En su defensa, Silvia Gette interpuso una acción de tutela ante la Corte Suprema de Justicia, con la cual busca tumbar la reapertura de la investigación. La exrectora asegura que la Procuraduría actuó por presión mediática y que, de hecho, el funcionario que estaba asignado inicialmente al caso también había pedido precluir su caso.

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