
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP abrió un incidente de verificación de cumplimiento contra los hermanos Arellán, dos exintegrantes de la antigua guerrilla, condenados por la justicia ordinaria por su presunta responsabilidad en el ataque con explosivos perpetrado en Bogotá el 7 de febrero de 2003, que dejó 36 personas muertas y cerca de 200 heridas.
La decisión se tomó en el marco del Caso 10, que investiga crímenes no amnistiables cometidos por las Farc-EP y que no han sido abordados en otros macrocasos. En sus versiones rendidas ante la JEP los días 30 de abril y 30 de julio de 2025, los comparecientes negaron haber participado en el atentado. Alegaron que fueron condenados injustamente en la justicia ordinaria y que su aporte a la verdad consiste, precisamente, en aclarar su supuesta inocencia.
Afirmaron que las condenas se basaron en falsos testimonios y que su vinculación al caso obedeció a que su hermano Oswaldo Arellán y su sobrino John Freddy murieron en la explosión. A pesar de esta postura, ambos fueron condenados en 2006 por los delitos de terrorismo, homicidio agravado y tentativa de homicidio, fallo que fue ratificado en 2012 por la Corte Suprema de Justicia.
Lea: Club El Nogal: los detalles de la citación a la cúpula de las FARC por el atentado
Tras acogerse a la JEP en 2017, los hermanos solicitaron a la Sala de Amnistía e Indulto que revisara su proceso, con la esperanza de obtener una amnistía. Sin embargo, el 24 de agosto de 2023, su petición fue rechazada, y sus casos fueron remitidos al expediente del Caso 10, dada la gravedad del hecho y su carácter no amnistiable.
La magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, correlatora del caso, explicó que el incidente se abre para evaluar si los Arellán están cumpliendo con el régimen de condicionalidad, que exige a todos los comparecientes aportar verdad de manera voluntaria, completa, coherente y contrastable. “La Sala considera necesario, en virtud del artículo 67 de la 1922 de 2018, evaluar si los comparecientes están cumpliendo o no con el régimen de condicionalidad”, señaló Lemaitre.
Tras conocerse la decisión, el presidente de la JEP, magistrado Alejandro Ramelli, advirtió que todos los comparecientes deben asumir con seriedad su deber de contribuir a la verdad. “De lo contrario, podrían perder los beneficios que otorga esta Jurisdicción”, afirmó.
Lea también: Liberan al Club El Nogal de responsabilidades por bomba de las Farc en 2003
Hasta la fecha, la defensa de los hermanos Arellán no ha solicitado la revisión de su condena ante la Sección de Revisión de la JEP, argumentando que no cuentan con elementos probatorios nuevos y que esperan reunirlos en el transcurso del proceso ante la Sala de Reconocimiento. El incidente permitirá contrastar sus afirmaciones con las pruebas judiciales ya existentes y con el testimonio de las víctimas.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.