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La Sala de Casación Civil de la Corte, estuvo de acuerdo con la sentencia dada por el Tribunal Superior de Bogotá, que obligaba a Ecopetrol a reconocer al Fondo Cooperativo de Participación de Utilidades de los Trabajadores y Extrabajadores de Ecopetrol S.A., Foncoeco', como un fondo legítimo de quienes alguna vez estuvieron adscritos a la empresa en calidad de empleados, y por lo tanto, realizar para ellos, una rendición de cuentas.
La obligación de Ecopetrol para con sus empleados consistía en retribuirles el 3 por ciento de las ganancias, lo que tuvo vigencia desde 1962 hasta el 1975. La empresa petrolera argumenta que en ese lapso de tiempo la suma de dinero recolectada asciende un poco más de tres millones de pesos, mientras que la parte demandante asegura que el tres por ciento de utilidades superan los veinte mil millones de pesos.
Juan Vega, que fue en su momento jefe de proceso en la planta petrolera de Barrancabermeja, indicó que "hay unas utilidades que nos están debiendo, más los dividendos y los intereses de la plata que desde el 62 está ahí, que no nos han pagado. Esta es una ley del 48 con Ospina Pérez, antes del nueve de abril, pero nunca se hizo efectivo. Después de una protesta de 42 para calmar los ánimos sacaron a relucir esa ley que era vieja, y quedó vigente desde el año 62: nos debían dar el 3 por ciento de las ganancias líquidas y el 2 por ciento para Sena, pero después vino el gobierno de Lleras y de Restrepo y eso se olvidó";
Posteriormente se darían cuenta, en el año 97, que ese dinero estaba ahí y decidieron reclamar; para ese fin, decidieron formar Foncoeco, con 28 extrabajadores, en Barrancabermeja. Ecopetrol se negó a rendir cuentas al fondo, argumentando que no era menester de un grupo de trabajadores "constituir un fondo unilateralmente sin contar con la intervención y la aceptación de la empresa para desplazarla en el manejo y administración de tal rubro".