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El cara a cara que tiene tambaleando una sentencia de la JEP en la Corte Constitucional

El senador y exnegociador de paz, Humberto De la Calle, y el exconsejero de paz, Guillermo Jaramillo, demandaron la sentencia que le abrió las puertas para que personas que no son máximas responsables de crímenes de guerra, puedan ser admitidos en esa jurisdicción. Excombatientes, magistrados e incluso el expresidente Juan Manuel Santos hablaron en la Corte.

Redacción Judicial

25 de octubre de 2025 - 11:48 a. m.
Juan Manuel Santos, Humberto de la Calle y Rodrigo Londoño fueron algunos de los intervinientes en la audiencia pública.
Foto: Archivo
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Desde que se contempló la creación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se estableció que esa justicia transicional se encargaría de investigar y juzgar a los máximos responsables de crímenes cometidos en el marco del conflicto armado. Sin embargo, ya en funcionamiento, la Sección de Apelación de JEP emitió una sentencia interpretativa SENIT 5 que le abrió la puerta a “segundos responsables” para tener lugar en esa jurisdicción. Humberto De la Calle, quien fue negociador de paz, y el excomosionado para la paz, Guillermo Jaramillo, demandaron ante la Corte Constitucional esa sentencia, alegando que, además de ir en contra de lo establecido en la creación de la JEP, también ponen en riesgo los derechos de las víctimas y la reintegración de los comparecientes.

El problema que llegó al alto tribunal es tan sensible, que la magistrada Natalia Ángel, ponente en el proceso, convocó a una audiencia pública para que los demandantes, expertos, la JEP y otras voces claves en la materia, expusieran sus puntos de vista y ayudaran a marcar un camino claro para resolver el expediente. La Sala Plena de la Corte Constitucional los escuchó por más de cuatro horas en un caso que, dentro de otras cosas, podría echar abajo la inclusión de varios comparecientes que, sin ser máximos responsables, pidieron pista y entraron a la jurisdicción especial.

En palabras sencillas, lo que señalan De la Calle y Jaramillo es que la SENTI 5 estaría promoviendo un modelo caso a caso que haría más demorada y menos eficaz la investigación en la JEP, y que impediría darle cierre a los peores crímenes del conflicto armado. Lo que sostienen los demandantes es que de seguir así, el trabajo de la JEP demoraría más de los 15 años que tiene como mandato. También, que sería insostenible concluir casos con tantos comparecientes, pues en los años que lleva de trabajo, solamente ha emitido dos sentencias sancionatorias: una por secuestro contra el último secretariado de las Farc, y otra por ejecuciones extrajudiciales cometidas por militares del Batallón de la Popa, en Valledupar.

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Las voces en la audiencia:

Juan Manuel Santos

Expresidente de Colombia y premio Nobel de paz.
Foto: EFE - Quique Garcia

El expresidente Juan Manuel Santos, en cuyo gobierno se firmó el Acuerdo de Paz con las Farc, fue el primero en intervenir ante la Corte Constitucional. Dijo no estar de acuerdo con la SENIT 5 de la JEP, y criticó su efectividad. “El proceso de Justicia y Paz con los grupos paramilitares establecido por la Ley 975 de 2005 mostró que el enfoque caso a caso conduce a congestión, dilaciones y resultados dispersos para las víctimas; de ahí surgió la necesidad de un diseño integral con selección y priorización”, aseguró a los magistrados.

El exmandatario también expresó que la idea de la JEP era tener una justicia que realmente reparara y fuera eficaz. “Que concentre la acción penal en los ámbitos donde realmente se afecte la macrocriminalidad. En contextos tan amplios como el conflicto armado en Colombia, seleccionar no es renunciar a la justicia, es dirigirla a los máximos responsables de los crímenes más graves y representativos, asegurando sanciones”, manifestó. También dijo que cambiar las reglas iniciales del juego puede sembrar desconfianza en comparecientes que están desde primer momento.

Humberto De la Calle

Exsenador de la República durante entrevista para El Espectador
Foto: El Espectador - José Vargas

El senador, exnegociador y uno de los demandantes, señaló varios puntos claves por los que pide se declare inconstitucional l SENIT 5. “Hemos enredado la justicia transicional. Con estas decisiones contradictorias vamos resolviendo caso a caso es extraordinariamente nocivo”, sostuvo el senador. Asimismo, expuso que “la verdadera impunidad, por ir caso por caso, después de 60 años de confrontación armada, en 100 años no vamos a ver resuelta la situación”, resaltó.

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En medio de su intervención, uno de los llamados padres del Acuerdo de Paz resaltó que la SENIT 5 prolongará el tiempo de la JEP y demorará más la toma de decisiones, lo cual generaría riesgos para los comparecientes que esperan justicia. “El riesgo es enorme y se hará una prolongación indefinida del conflicto y se reabre la utilización de las armas de personas que ya las entregaron”, sostuvo De la Calle.

Timochenko

Conocido como alias Timoleón Jiménez o Timochenko, presidente del Partido Comunes
Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos

Rodrigo Londoño, conocido en la otrora guerrilla de las Farc con el alias de Timochenko, también se hizo presente en la audiencia pública de la Corte Constitucional. El exjefe guerrillero tampoco respaldó la determinación de la JEP de abrirle la puerta a “segundos responsables” y dijo que la SENIT 5 no es solo un detalle técnico, sino "una alteración sustancial del modelo pactado, una reinterpretación que concreta la jurisdicción en algo que nunca debió ser una instancia creadora de derecho". Según el líder del ahora partido político Comunes, el tema “no es solo el debate jurídico, es un asunto político, de legitimidad y de confianza en lo pactado, Porque cuando el Estado desconoce lo que firmó, no solo traiciona a los firmantes, traiciona a las víctimas y debilita la fe de todo el país de la posibilidad de una paz duradera”.

Iris Marín, defensora del Pueblo

Abogada y defensora de derechos humanos, exmagistrada auxiliar de la Corte Constitucional, nueva Defensora del Pueblo, en entrevista.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

La Defensoría del Pueblo también le dio su concepto al alto tribunal. Iris Marín, jefa de la entidad, se sumó a las voces que consideran que lo hecho por la JEP fue inconstitucional. Dice la funcionaria que la SENIT 5 “desvirtúa el modelo de judicialización planteado por el Acuerdo final de Paz y sus normas superiores de implementación. Estas creaciones novedosas son inconstitucionales”. Según Marín, “porque vulneran los principios de legalidad y de seguridad jurídica de los comparecientes y también de las víctimas. Segundo, porque redefine el contenido del Acuerdo de Paz previamente suscrito”.

Dijo también la defensora del Pueblo que “por esta vía se desconoce la obligación de todos los órganos y autoridades del Estado o cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo final en conformidad con el acto legislativo 02 de 2017″. Asimismo, Iris Marín sostuvo que “no podemos perder de vista que la incertidumbre sobre el marco público para la paz puede generar riesgos de reincidencia criminal y facilitar eventuales procesos de negociación con otros grupos”.

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Asimismo, la defensora del Pueblo resaltó que “es inconstitucional porque pone a la JEP en un riesgo inminente, casi insalvable, de incumplir el principio constitucional de estricta temporalidad. La información aportada dentro de este trámite constitucional por la propia JEP permite dar cuenta de este riesgo”.

JEP

Dentro de la audiencia también se conoció la postura de la propia jurisdicción. A través de un documento allegado por el presidente de la JEP, el magistrado Alejandro Ramelli, la SENIT 5 y demás decisiones de esa jurisdicción siempre han estado encaminadas a solucionar problemas, no en crear nuevos.

“En materia de justicia transicional, la identificación de los máximos responsables —como aquellas personas que tuvieron un rol esencial en la organización criminal para promover, dirigir, controlar o financiar la comisión de los delitos más graves cometidos con ocasión o en desarrollo del conflicto armado interno en Colombia— depende fundamentalmente del éxito en la determinación de patrones de macrocriminalidad", dijo la JEP a la Corte Constitucional.

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Igualmente, la jurisdicción transicional sostuvo que “tiene certeza sobre sus procedimientos, sus mecanismos y las categorías conceptuales que articulan su actuación. Y que sus interpretaciones de la norma tiene como finalidad ofrecer a las víctimas y a la sociedad respuestas de justicia, superando el umbral alcanzado por la justicia ordinaria con la particularidad de hacerlo desde un paradigma de justicia transicional restaurativa que garantiza la centralidad de las víctimas y el cierre jurídico del conflicto armado, según los mandatos constitucionales derivados del Acuerdo Final de Paz”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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