“Es poco lo que se ha avanzado en la protección real de los derechos de las víctimas de desplazamiento forzado según lo establecido en la sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional”, dijo el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, al recordar que se cumplieron 19 años de emitida esa sentencia y la deuda del Estado en materia de desplazamiento sigue siendo la misma.
El órgano defensor recalcó que desde 2004, cuando se emitió la sentencia, quedaron en evidencia los constantes problemas que causan la desatención y deficiencia de la labor del Estado con las víctimas. La falta de articulación de las entidades encargadas de garantizar los derechos de esta población, así como la enorme brecha presupuestal para lograr la superación del estado de cosas inconstitucional son algunos de los pendientes que se han agudizado por cuenta de la violencia y la presencia de grupos ilegales en diversas regiones del país.
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“A pesar de este panorama, hay que resaltar y respaldar la labor de la sala especial de seguimiento a la sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional. Su trabajo en búsqueda de la satisfacción de los derechos de la población desplazada es muy importante para llamar la atención y exigir a los Gobiernos y autoridades que tomen decisiones e inicien acciones para proteger a las víctimas de desplazamiento forzado en el país”, explicó el defensor.
Sin embargo, pese a los esfuerzos, el jefe del ente de control que los problemas que acarrean el desplazamiento forzado han estado lejos de solucionarse. Hace 19 años se identificaron alrededor de 1.150 núcleos familiares en esa situación, respecto a los cuales la Corte Constitucional solicitó la intervención de diferentes entidades del Estado para atender sus principales problemáticas y por eso emitió la sentencia.
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El órgano de control que le puso la lupa al tema resaltó que, con fecha al último corte del 30 de junio de 2022, la cifra de víctimas de desplazamiento forzado incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV) que no han superado la situación de vulnerabilidad ocasionado en razón a este hecho victimizante es de 4.557.839, de un universo de 7.526.782. Es decir, aproximadamente el 66% de la población, los cuales presentan el mayor déficit frente al goce efectivo de los derechos a vivienda, generación de ingresos, alimentación y salud.
Respecto a los procesos comunitarios de retorno y reubicación, que son los escenarios de soluciones para la estabilización socioeconómica de esta población, de acuerdo con las cifras de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), con corte al 31 de julio de 2022, existen 740 planes de retorno y reubicación de población no étnica, que incluyen 18.809 acciones, de las cuales solo se han cumplido 4.687, es decir, tan solo el 24 %.
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Sobre las comunidades pertenecientes a una población étnica, se tiene registro que existen 248 planes que luego de un año de expedición del protocolo de acompañamiento a estas comunidades, aún no se conocen cifras de avances de acciones. “Es importante resaltar que muchas de las comunidades étnicas y no étnicas que hacen parte de estos planes, se encuentran en estos procesos desde hace muchos años, incluso desde antes de la expedición de la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas) o de la sentencia T 025 de 2004, sin contar un número significativo de víctimas sin acompañamiento”, dijo el órgano defensor.
“La Defensoría del Pueblo, desde mucho antes de que la Corte Constitucional emitiera la sentencia, venía adelantando acciones a favor de esta población en la promoción y la protección de sus derechos. Y esta labor se mantiene y se intensificará, porque el objetivo es que los desplazados puedan tener el completo goce de sus derechos, no solo porque han sufrido de desarraigo, sino porque en muchos casos se trata de personas protegidas, como mujeres cabeza de familia, menores de edad, minorías étnicas y personas de la tercera edad”, destacó el defensor Camargo.
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En vista de que los esfuerzos no ha surtido frutos en esa materia, el jefe del órgano defensor dijo que solicitará a la Corte Constitucional una audiencia pública en Guaviare en el marco del estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado, para mostrarle los hallazgos sobre los autos proferidos en ese marco y la recomendaciones que desde el ente de control han hecho.
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