Desde hace ocho años, la Corte Constitucional estableció que los derechos a la alimentación, la salud, el agua potable y la participación de los niños y las niñas wayuu de los municipios de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia (La Guajira) son gravemente vulnerados. Este año, el alto tribunal revisó una vez más si el Estado, en especial el gobierno, estaba cumpliendo con las órdenes que se le impartieron para que la situación de esta población mejorara. En esta oportunidad, la Corte se enfocó en el derecho a la salud y evidenció que, aunque se ha avanzado un poco, sigue sin hacerse lo suficiente para superar la problemática. Dictó nuevas órdenes para que, contrarreloj, el gobierno de Gustavo Petro tome medias.
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En 2017, la Corte declaró que sobre el pueblo wayuu que habita La Guajira hay un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) —Sentencia T-302—, que en palabras sencillas quiere decir que hay una grave vulneración de sus derechos. Para esa ocasión, el alto tribunal encontró que la falta de coordinación y articulación entre las entidades nacionales y territoriales para atender la crisis humanitaria de esa región, estaba llevando a “las altas cifras de muertes de menores por desnutrición y causas asociadas”. Para hacerle frente, la Corte ordenó tomar ocho acciones con relación al acceso a agua potable, los programas de alimentación, la movilidad de la comunidad, el diálogo de las autoridades indígenas con las entidades estatales y, sobre todo, con la atención a la salud de la comunidad wayuu.
Tratando de ponerle freno a los problemas, en mayo de 2022 la Corte ordenó a la administración de Iván Duque la creación de un “Plan Provisional de Acción” para “proteger de manera urgente los derechos a la alimentación, el agua potable y la salud de esta población”. El plan fue presentado al alto tribunal y tras su revisión, la Sala de Seguimiento de la Sentencia T-302 rechazó lo propuesto por el gobierno de ese entonces. Los magistrados que revisaron el Plan encontraron, en lo relacionado con la atención a la salud de los wayuu, un “cumplimiento bajo de lo ordenado”, por acatar (a medias) solo seis de las 10 órdenes que se dictaron en ese momento.
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Con el cambio de gobierno, el Plan tuvo que reconstruirse para cumplir con una orden de dos puntos claros: “aumentar y mejorar las medidas inmediatas y urgentes bajo la responsabilidad del Gobierno nacional que son ejecutadas junto con las entidades territoriales”. Asimismo, “formular e implementar una política de salud que le permita al Estado asegurar, en el medio y largo plazo, el goce efectivo del derecho a la salud al pueblo wayuu y eliminar la dependencia a las medidas de urgencia”. En cuanto a lo primero, la Corte ordenó que se aumentaran las brigadas de salud realizadas por las Empresas Sociales del Estado, así como el número de personas beneficiarias de los servicios de salud.
Por otra parte, sobre las políticas de salud, el alto tribunal dijo que “el Gobierno nacional, las entidades territoriales y las autoridades legítimas de este pueblo indígena deben trabajar para establecer un modelo de salud que se adecúe a las realidades del territorio indígena y las zonas dispersas”. La Corte resaltó que, “a pesar de distintas EPS e IPS que hacen presencia en la región, varias indígenas, los servicios prestados no son oportunos”. Por esas razones, también estableció que además de consolidar una red prestadora de salud en el departamento, también era necesaria la vigilancia y control por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.
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Durante el último año, el alto tribunal revisó los datos actualizados que envió el gobierno en relación con las órdenes para atender la salud de los wayuu. Según se encontró, entre 2023 y 2024 se redujeron las muertes en menores de cinco años por desnutrición, enfermedad diarreica aguda e infección respiratoria aguda. Aun así, la Corte dice que “la situación de salud en La Guajira sigue siendo grave”. El tribunal sostiene que se siguen presentando problemas como “centros de salud en pobres condiciones y de difícil acceso; ausencia de un sistema de salud indígena integrado al régimen ordinario estatal; falta de alimentos balanceados y culturalmente adecuados, así como de agua potable en cantidad y calidad”.
Adicionalmente, la Sala de Seguimiento encontró que se siguen manteniendo “problemas administrativos en el uso, destinación y control de los recursos del sector, y prácticas inconstitucionales como la negación del servicio por falta de afiliación a una EPS o por la afiliación de integrantes de una misma familia a distintas EPS”. De igual manera, la Corte señaló que aunque se evidenció que se desplegaron equipos interdisciplinarios en salud en La Guajira, no es posible valorar qué tan efectivos han sido, porque el gobierno no reportó los datos. En términos generales, lo que encontró el alto tribunal sobre la atención a la salud de los wayuu, es que va a medio camino.
La Corte declaró que su orden enfocada a aumentar y mejorar las medidas inmediatas y urgentes en materia de salud a cargo del Gobierno Nacional se ha cumplido a medias. Asimismo, encontró que la relacionada con la formulación e implementación de una política de salud para La Guajira ha sido baja. Por eso, le dio tres meses a la Consejería Presidencial para las Regiones, para que le envíe un documento con las cifras de acciones y recursos implementados para superar el ECI, así como políticas, programas, medidas y acciones de mediano y largo plazo. Por ahora, el alto tribunal estará pendiente si en los 18 meses que le quedan al gobierno Petro la crisis humanitaria en La Guajira mejora en medio de una nueva carrera presidencial.
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