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El lío por una pensión pedida por cuatro mujeres en el que salió regañada Colpensiones

La Corte Constitucional salvó a Colpensiones de pagar casi $3.000 millones en intereses moratorios en un proceso de sustitución pensional, solicitado por cuatro mujeres al mismo tiempo. Sin embargo, le envió un llamado de atención a la entidad por falencias en la administración de los dineros públicos.

04 de junio de 2021 - 12:02 a. m.
El lío por una pensión pedida por cuatro mujeres en el que salió regañada Colpensiones

La Sala Primera de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional acaba de suspender una sentencia del Tribunal Superior de Cali, del 31 de mayo de 2017, con la cual se ordenó el pago de casi $3.000 millones en intereses moratorios a una mujer que se debatió, en despachos judiciales, la sustitución pensional por la muerte del señor Norman Sánchez, el 2 de octubre de 2002. Aunque la alta corte salvó a Colpensiones del millonario desembolso, le envió un llamado de atención por no actuar bajo los estándares de moralidad, eficacia, eficiencia, celeridad, legalidad e imparcialidad.

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Todo inició el 2 de octubre de 2002, tras la muerte del señor Norman Sánchez, quien había estado asegurado por el antiguo Instituto de Seguros Sociales (ISS) -hoy Colpensiones- desde diciembre del 2.000. Luego del fallecimiento, aparecieron los nombres de Camila Rodríguez de Sánchez*, Diana Pulido de Sánchez*, en condición de cónyuges; Ana María Ortiz*, en calidad de compañera permanente; y María Cardona Flórez, como madre del asegurado. Todas solicitaron a la ISS obtener la sustitución de la pensión.

El 5 de diciembre de 2003, la ISS suspendió el tramite de reconocimiento pensional hasta tanto una autoridad judicial se pronunciara sobre la mujer o las mujeres a las que le correspondería la jubilación. La Contraloría Departamental del Valle apoyo la decisión, indicando que existía una “controversia” entre las pretendidas beneficiarias. “Se observó que efectivamente se presentan contradicciones entre los testimonios de las diferentes entrevistas sobre convivencia y dependencia económica con el causante y entre las pruebas aportadas por cada una de las partes”, explicó el órgano de control.

Camila Rodríguez*, quien lleva el “de Sánchez” en su apellido, no se quedó de brazos cruzados y en 2004 inició un proceso laboral en contra de la ISS, trámite que quedó en manos del Juzgado 1° Laboral de Circuito de Cali. Solicitó que se ordenara a su favor el pago de las mesadas pensionales dejadas de percibir y los intereses moratorios. Sin embargo, Diana Pulido*, también “de Sánchez”, inició su propio proceso ordinario ante el Juzgado 3° Laboral de Circuito de Cali. Ambos reclamos fueron acumulados en un expediente, el cual aterrizó en el Juzgado 3° Laboral de Descongestión del Circuito de Cali.

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Luego de un dilatado proceso de 12 años, el 27 de febrero de 2016, el juzgado de descongestión de Cali ordenó a Colpensiones, que dejó de ser ISS, a pagarle el 88% de la pensión a la señora Camila Rodríguez de Sánchez*, en calidad de cónyuge, y el 12% a favor de Ana María Ortiz*, en calidad de compañera permanente. Sin embargo, el juzgado no ordenó pago de intereses moratorios, por la cantidad de tiempo que ambas mujeres dejaron de percibir la pensión del finado Norman Sánchez. La señora Camila Rodríguez* siguió haciendo lo suyo ante la justicia, a través de recurso de apelación, y el 31 de mayo de 2017 el Tribunal Superior de Cali le dio la razón.

El tribunal tomó una decisión que involucraba una millonaria tajada: $2.929.076.962, por concepto de intereses moratorios a favor de Camila Rodríguez*. “Hay lugar a ellos por cuanto a los beneficiarios de las pensiones, la legislación nacional les concede el derecho a gozar de los intereses moratorios cuando no se les reconoce a tiempo las mesadas correspondientes”, explicó el Tribunal Superior de Cali. Pero faltaba una traba más en esta historia: Colpensiones interpuso una acción de tutela contra el tribunal, para garantizar sus derechos a la igualdad, debido proceso y administración de justicia.

Y entre tanto papeleo y tantas personas en disputa, la Sala 3° de Decisión de Tutelas de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la sentencia del Tribunal Superior de Cali, confirmando que Colpensiones se había demorado más de dos años en iniciar acciones judiciales y, además, que sus representantes legales iniciaron un recurso de revisión, cuando -en concepto de la alta corte- se debería haber instaurado recurso extraordinario de casación. Y por si faltara poco, el expediente llegó hasta la Corte Constitucional, la cual acaba de regañar a Colpensiones en un reciente auto.

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“La Sala (Primera de Revisión) no puede pasar por alto una situación final y especial relacionada con las fallas de Colpensiones en la defensa de los intereses involucrados en esta controversia. La entidad pública desde que inició el proceso judicial de reclamación de la sustitución pensional y hasta la activación de la competencia de la Jurisdicción Constitucional ha demostrado un comportamiento que se desliga abiertamente de los parámetros de la responsabilidad y la diligencia”, explicó en su reciente auto la Corte Constitucional.

Para la Sala Primera de Revisión de la alta corte, Colpensiones dejó ver su “precariedad en su capacidad defensiva”, omitió controvertir las decisiones que, en su concepto, no estaban ajustadas a la ley y, además, pretendió a través de una acción de tutela, instaurada casi 16 años después del inicio de la controversia, suplir desaciertos jurídicos. La Corte Constitucional le recordó a la administradora de pensiones que su función es pública y que su obligación es contribuir al adecuado manejo y gestión de los dineros del Estado. Era “esperable su intervención activa y robusta”, concluyó la sala.

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En cuanto a la millonaria suma que iba para los bolsillos de Camila Rodríguez de Sánchez*, la Corte Constitucional consideró que el antiguo ISS actuó debidamente al suspender el trámite pensional, una vez las cuatro mujeres acudieron a sus oficinas. La alta corte consideró que, por ahora, es inviable desembolsar la millonaria suma a través de una decisión que no tendría respaldo jurídico, entre otras cosas porque aún no se ha resuelto un trámite de revisión que está en curso en la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. ¿Qué deberá revisar? El Tribunal Superior de Cali no se pronunció, en 2017, sobre los intereses moratorios que podría disfrutar Ana María Ortiz*, quien aseguró ser la compañera permanente del señor Norman Sánchez.

El nombre de las solicitantes fue cambiado para proteger su derecho a la intimidad*

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hugo(70179)04 de junio de 2021 - 12:01 p. m.
Colpensiones extorsionista, cobrando lo que no es a los ciudadanos, Tocara demandarlos...
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