La semana pasada, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó la captura del coronel (r) Hernán Mejía y su reclusión en una guarnición del Ejército. La justicia transicional concluyó que perderá el beneficio de la libertad, por incumplir su compromiso a garantizar la no repetición de la violencia. Todo por el discurso político que Mejía ha desplegado en su cuenta de YouTube, en la que ha presentado una férrea oposición al paro nacional y a las candidaturas presidenciales de Gustavo Petro y Francia Márquez. Pidió a sus espectadores defenderse “al precio que sea”. Sin embargo, un magistrado de la JEP consideró que se le trató de manera desproporcional y dejó por escrito un problema de fondo para la justicia especial.
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El magistrado Raúl Sánchez, de la sección para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, fue quien dejó constancia de su inconformismo en un salvamento de voto. Destacó que, en principio, los representantes de víctimas de ejecuciones extrajudiciales, por las que Mejía está en juicio en la JEP, llamaron la atención por las publicaciones en Twitter que, al parecer, el militar comunicaba como discurso político. Organizaciones nacionales que representan víctimas le pidieron a la JEP examinar la cuenta, para verificar si era manejada por el mismo militar en retiro. Sin embargo, esa fue una prueba que jamás se hizo y el debate, por tanto, solo se centró en YouTube. Suárez señaló más pruebas que no se practicaron y otras que se habrían hecho a medias.
En la cuenta “Primero La Patria” de YouTube, de la cual sí quedó demostrado corresponde a Mejía, se encuentran mensajes como que había candidatos presidenciales “oportunistas y terroristas” y que Petro supuestamente preparaba “el más brutal movimiento de violencia y destrucción bajo el pretexto de que les robaron las elecciones”. Sin embargo, para el magistrado Sánchez, las manifestaciones del exmilitar no ameritan una sanción como la privación de la libertad. Puso de presente que delitos como la injuria y la calumnia no se pagan con cárcel en Colombia y que, aunque la JEP tiene prueba sólida de que Mejía participó en 75 ejecuciones extrajudiciales en el Cesar, todavía se presume su inocencia.
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Sánchez agregó que, en otras ocasiones, comunicaciones públicas de comparecientes en la JEP, también revictimizantes, han sido enmarcadas dentro del ejercicio de la libertad de expresión y no terminaron en sanciones. Por ejemplo, como cuando, a finales de 2021, la JEP concluyó que los secuestros de las FARC fueron tan atroces que hubo esclavitud y, el exsecretariado lo negó. Ni siquiera otras salas de la JEP han considerado revictimizantes acciones como los homenajes que le hicieron a criminales como el Mono Jojoy. O que la congresista Sandra Ramírez negara el reclutamiento forzado de menores de edad. Al contrario, se estableció que la participación en política es esencial en todo proceso de justicia transicional.
Sánchez tampoco consideró justo que a Mejía se le exigiera manifestar únicamente verdades probadas al público y agregó que el militar jamás se refirió a las víctimas de la guerra en sus videos. “La decisión tomada por la mayoría no cumple con el principio de proporcionalidad (…) al tratarse de manifestaciones realizadas por el compareciente, los mecanismos más idóneos para la protección de los derechos a la integridad moral de las personas afectadas eran la presentación de una acción de tutela o la adopción de medidas cautelares específicas y no la privación de la libertad, que debe ser la ultima ratio (último recurso) del derecho”, señaló.
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Por último, Sánchez consideró problemático calificar la violación de Mejía como la más alta contra el régimen de condicionalidad, que son los compromisos a los que se someten los comparecientes en la JEP. Si fue la ofensa más grave, ¿por qué no decidieron expulsarlo de la Jurisdicción?, se pregunta el magistrado. Ahora, según Suárez, no se sabe qué va a pasar en casos extremos, cómo cuando se violente físicamente a una víctima. “La decisión, en últimas, no es simplemente la revocatoria de un beneficio, sino la imposición de una restricción a la libertad”. Mejía volverá a prisión y seguirá pagando los 19 años de cárcel que obtuvo en 2013, por aliarse con paramilitares del Bloque Norte de las AUC para presentar falsos positivos.