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En decisión de segunda instancia el juez 45 penal del circuito de conocimiento dejó en firme la decisión de rechazar la solicitud para precluir el proceso que se adelanta contra el actual candidato al Senado de la República, José Obdulio Gaviria por su presunta participación en el delito de calumnia.
En su decisión, el funcionario judicial consideró que las retractaciones del otrora exasesor presidencial no han cumplido con las exigencias establecidas por la Corte Suprema de Justicia ni la Corte Constitucional.
En este punto, aseguró el juez, Gaviria no se retractó de manera voluntaria y tampoco aceptó ser el responsable de la columna de opinión publicada en un diario de circulación nacional y en dos regionales.
Para el administrador de justicia en este caso no se presentó un dolo eventual sino un dolo directo porque el procesado “no estaban en la obligación y no estaba en la responsabilidad de verificar la información suministrada por la fuente.Sino que dicho concepto u opinión calumniosa se forjó en su mente, fue la expresión de su pensamiento”.
En el debate jurídico el funcionario judicial hizo una clara diferenciación entre lo que es noticia, editorial y columna de opinión, señalando que en este último punto señaló que el autor expresa su propio punto de vista, es una reflexión de quién la escribe y firma partiendo de ciertos criterios análisis.
“El argumento de la defensa se refiere a que José Obdulio Gaviria omitió verificar la información que le suministró su fuente, por tal razón faltó a su posición de garante en desarrollo de su labor periodística por no verificar los datos suministrados por un tercero”, precisó el juez en su decisión.
Ante esto añadió que el procesado no ha querido aceptar su responsabilidad ni las razones que lo llevaron de señalar a un grupo de sindicalistas de tener nexos con las Farc y grupos terroristas. “Esto nació de su propio ejercicio intelectual y por lo tanto es subjetiva, única, personal y de formación libre en su pensamiento. No estaba el procesado transmitiendo una noticia o un evento a sus lectores (…) sino que opinó con base en los conocimientos que tiene sobre asuntos políticos, temas de sindicalismo y conflicto armado”.
Para el juez, el candidato no puede justificar su conducta en el hecho de que no confirmó la fuente que le entregó la información, delegándole la culpa a una tercera persona, de quien nunca se hace una referencia directa ni se pudo comprobar que participara en la escritura de la columna de opinión.
“No se puede sostener que se haya presentado una retractación voluntaria (…) Ni siquiera el acusado ha aceptado ser el autor de la opinión calumniosa sino que descarga su responsabilidad en otra persona, a quien cataloga su fuente y el responsable de circular información contraria a la verdad”, señaló el juez que consideró que no se puede avalar las publicaciones presentadas posteriormente en las cuales Gaviria se disculpa.
Para el funcionario judicial el procesado es el único responsable de lo que allí salió publicado. “No acepta que la calumnia salió de sus propias ideas y pensamientos y la exteriorizó en las columnas de opinión que escribe”, rechazando así el argumento de la defensa que indicó que la información le fue entregada por el exvicepresidente de la República, Francisco Santos Calderón.
En el caso de los artículos publicados se consideró que se presentó una revictimización de los sindicatos acusados, ya que además de transcribir el artículo principal y no hizo una aclaración que permitiera inferir que los sindicalistas no apoyan la combinación de todas las formas de lucha y no hacen parte de organizaciones al margen de la ley que apoyan el terrorismo.
“Se considera que no se ha cumplido el requisito de retractación voluntaria por cuanto el acusado no acepta ser el autor de la calumnia sino que se escuda en la falta de verificación de las informaciones proporcionadas por un tercero, sin considerar que es el autor de la columna de opinión y que las manifestaciones calumniosas surgieron de sus ideas, juicio de raciocinio y pensamiento”, precisó.
En contra de esta decisión no existe recurso alguno, por lo que quedó en firme la continuación del juicio contra José Obdulio Gaviria.