En libertad exparamilitar condenado por homicidio de funcionario de Ecopetrol

Fernando Segundo Flórez, quien hizo parte de tres bloques de las Autodefensas, fue condenado por el homicidio de Jaime de Jesús Arango, superintendente de operaciones de Ecopetrol.

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Redacción Judicial
15 de noviembre de 2018 - 03:15 p. m.
La Corte Suprema concluyó que por estos hechos fueron condenados Salvatore Mancuso y Jorge Iván Laverde, entre otros paramilitares, en su condición de comandantes de Bloque Catatumbo de las Auc.  / Archivo.
La Corte Suprema concluyó que por estos hechos fueron condenados Salvatore Mancuso y Jorge Iván Laverde, entre otros paramilitares, en su condición de comandantes de Bloque Catatumbo de las Auc. / Archivo.
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Con ponencia del magistrado Luis Hernández, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema confirmó la libertad de Fernando Segundo Flórez, exintegrante de tres Bloques (Córdoba, Elmer Cárdenas y Catatumbo) de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), quien fue condenado a 34 años de prisión, en 2005, por el homicidio de Jaime de Jesús Arango, superintendente de operaciones de Ecopetrol para el Catatumbo. El hecho ocurrió el 1° de noviembre de 2003 en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander. (Le podría interesar: Justicia ciega: por llamarse igual que un jefe paramilitar fue condenado a 40 años de cárcel)

El pasado 15 de agosto, una magistrada de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá sustituyó la medida de aseguramiento al argumentar, entre otras cosas, que Flórez ha permanecido detenido por más de ocho años. También aseguró que el postulado, además de vincularse a cursos dictados por el establecimiento carcelario y que su permanencia ha sido calificada como buena y ejemplar, ha contribuido al esclarecimiento de la verdad al asistir 16 sesiones de versiones libres en la que ha develado 27 hechos delictivos.

Sin embargo, el Ministerio Público pidió revocar la decisión de la magistrada porque Flórez, en su criterio, no ha contribuido al esclarecimiento de la verdad al no aportar pruebas para establecer realmente qué sucedió en los hechos que rodearon la muerte de Arango. Y dijo que el exparamilitar, en sus versiones libres, negó su participación en el crimen del trabajador de la petrolera, por lo que la actitud del postulado, “de mostrarse ajeno al crimen por el que fue condenado, constituye (un) incumplimiento del deber de verdad”. (Lea también: Condenan a paramilitar por asesinato de la fiscal Susana Nazareth Castro)

La Corte Suprema, al evaluar los argumentos del defensor de Flórez, de la Procuraduría y de la Fiscalía, concluyó que por estos hechos fueron condenados Salvatore Mancuso y Jorge Iván Laverde, alias el Iguano, entre otros paramilitares, en su condición de comandantes de Bloque Catatumbo de las Auc. Esta sentencia, según el alto tribunal, se fundó en la confesión de Carlos Andrés Palencia, alias Visajes, y de Fernando Segundo Flórez. La Corte también tuvo en cuenta la asistencia del postulado a las diligencias de versión libre certificadas por la Fiscalía.

“De esta manera, por disposición legal, la certificación de la Fiscalía constituye un medio de prueba fundamental para determinar el cumplimiento del deber de verdad del postulado, y aunque no es absoluto, debe ser considerado y valorado como elemento demostrativo del cumplimiento del requisito”, precisó la Corte Suprema, que dijo que la decisión de la magistrada de Justicia y Paz “se ajustó al ordenamiento jurídico transicional y en el material probatorio aportado al trámite”.  (Le sugerimos: Exjefe paramilitar del sur del Putumayo seguirá detenido)

Por Redacción Judicial

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