La Sala de Instrucción de la Corte Suprema anunció que se abstendrá de investigar al senador Ernesto Macías, por haber instalado una placa en honor al exsenador y expresidente Álvaro Uribe Vélez, líder natural del Centro Democrático. Según la Sala, no se encontró que Macías haya actuado al margen de la ley al instalar la placa en 2019, cuando era presidente del Senado.
Ya en octubre de 2020, Macías compareció ante la Corte Suprema para dar su versión libres sobre dos investigaciones en su contra: una por la instalación de la placa en uno de los rincones del Capitolio y otra por injuria. A esta diligencia fue acompañado por su abogado Jaime Lombana Villalba, quien también es defensor suplente de Uribe. El magistrado César Reyes, ponente del caso, debía determinar si la instalación de la placa incurría en alguna violación al patrimonio nacional.
La placa, que dice que el exsenador Uribe es un “colombiano ejemplar quien regresó al Senado a continuar trabajando por el país después de haber ejercido como presidente de la república durante dos periodos”, fue revelada durante una ceremonia que se realizó en ese recinto. La instalación fue apoyada en su momento por algunos miembros del partido de Centro Democrático, como Carlos Felipe Mejía, que se pronunció en Twitter.
En su momento, la instalación de la placa generó diversas polémicas, una de estas fue por un error de redacción, ya que se usó “quien” en vez de “que” como establece la Real Academia Española (RAE). Igualmente, miembros de los partidos de oposición se pronunciaron en contra de la instalación de la placa, alegando que era ilegal. Una de las principales opositoras fue la senadora del Partido Verde, Angélica Lozano.
Según la senadora Lozano, el artículo primero del decreto 1678 de 1958 dice que se prohíbe “colocar en las oficinas públicas retratos del presidente de la república o de otros funcionarios públicos, lo mismo que cualquier grabado o leyenda que directa o indirectamente pueda interpretarse como homenaje de los titulares o empleados de dichas oficinas al primer mandatario de la nación, o a dichos funcionarios”. No obstante, para la Corte Suprema no hubo delito.