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En una sentencia de 19 páginas, el Consejo de Estado ratificó el fallo en el que se indica que el Estado debe asumir la responsabilidad de las pensiones de los trabajadores del liquidado Instituto Nacional de Radio y Televisión (Inravisión) y no la Comisión Nacional de Televisión.
En este sentido, el alto tribunal consideró que cuando se logre demostrar que los bienes de la liquidada Inravisión no sean suficientes para cubrir los pasivos laborales y pensionales de la entidad la Nación será la encargada de asumirlos.
Para el Consejo de Estado, la Comisión Nacional de Televisión se encuentra en un proceso para su liquidación, hecho por el cual no podrá responder por las responsabilidades adquiridas por Inravisión con sus trabajadores.
"La entidad a liquidarse, en este caso Inravisión, deberá cubrir los pasivos laborales y pensionales inicialmente con sus bienes y en caso de que éstos no resulten suficientes para cubrirlos, deberán ser asumidos en este caso específico por la Nación", aclara la sentencia emitida por la sección primera del Consejo de Estado.
Para el tribunal de lo contencioso administrativo se debe velar para que los trabajadores estén al día en el registro de semanas cotizadas, así como sus salarios, hecho por el cual el Estado será el garante del cumplimiento de estos derechos constitucionales.
"No puede perderse de vista que el cumplimiento del deber constitucional de asegurar la efectividad de los derechos constitucionales, que impone a las autoridades el artículo segundo de la Carta, cobra singular importancia en los procesos liquidatorios, respecto de los sujetos que, por las condiciones fácticas que los rodean, se encuentran en estado de indefensión, como es el caso de los trabajadores y pensionados”, concluye la sentencia.