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Entre 1990 y 2013 unos 2.156 colombianos murieron por cuenta de las minas antipersonal y otros 7.904 quedaron heridos, de acuerdo con cifras del Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal. Es por ello que el Consejo de Estado exhortó al “presidente de la República, como supremo director de las negociaciones de paz entre las Farc y el Gobierno Nacional, a que incluya como un punto concreto la problemática de las minas antipersonal; y aunque si bien es evidente que el acuerdo no garantizaría, por sí mismo, la eliminación del problema en el corto o mediano plazo, se hace imperativo incluir la discusión de este punto de cara a la eliminación completa de este rezago de la guerra que lastimosamente se extendería hasta el período del posconflicto”.
De la misma forma, este alto tribunal hizo “un voto de rechazo ante la utilización de esta clase de armas aberrantes por parte de las guerrillas de las Farc y el Eln, y una exhortación, en nombre de las víctimas de minas antipersonal y municiones sin explotar, para que cese de forma inmediata la utilización de estas trampas mortales generadoras de pérdidas invaluables y dolor en la población civil”.
El Consejo de Estado fue vehemente: “En todo proceso de paz se torna fundamental el compromiso de las partes en encontrar todos los medios que sean necesarios para que el desminado humanitario sea una realidad en la etapa del eventual posconflicto, de ello depende, en una de las múltiples aristas de nuestro conflicto interno, el establecimiento de una paz estable y duradera”.
Así lo hizo en una sentencia en la que condenó al Estado por la muerte del campesino José Antonio Tobón Rúa, quien cayó en un campo minado hecho por las Farc tras una toma guerrillera en Yalí (Antioquia). Esa corporación responsabilizó al Estado porque no hizo nada ni para desminar la zona ni para informarle a la comunidad que en ese lugar había minas antipersonal.
“Es claro que el Ejército sólo advirtió a la población de la posible existencia de minas antipersonal, con posterioridad a la muerte del señor Tobón, y de acuerdo con los testimonios, luego del funesto hecho, se encontraron otros de similar naturaleza en la zona. En estos términos, el Ejército no fue fiel al mandato constitucional de velar por la protección de la vida, honra y bienes de los ciudadanos”, sostuvo el Consejo de Estado.
Y agregó: “En el presente caso, quien debía realizar esa demarcación y erradicación era el Ejército y no hizo ni lo uno ni lo otro, por lo que se configuró una omisión de su parte, perfectamente imputable a título de falla del servicio”. Por las implicaciones de esta sentencia, el Consejo de Estado dispuso que se enviaran copias de la misma al Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal y al Archivo General de la Nación.
La idea es hacerle frente a un flagelo que ha dejado heridos en 31 de los 32 departamentos de Colombia —principalmente en Antioquia, Meta, Caquetá, Norte de Santander y Nariño— y ha afectado a por lo menos el 65% de los municipios del país, precisamente en su zona rural. Una pesadilla que ha acabado, entre otras, con la vida de 228 niños, que ha obligado a miles de campesinos a caminar con miedo por los campos que durante años han reconocido como su tierra. La enseñanza es clara: del suelo colombiano no va a brotar la paz mientras éste se siga sembrado con armas.
Ya lo dijo el vicepresidente Angelino Garzón: “Las minas de la muerte son armas criminales que sólo dejan dolor y generan desplazamiento y desolación. Tanto las Farc como el Eln deberían tomar la decisión de cesar el uso inmediato de estos artefactos. Les pedimos que informen, lo antes posible, la ubicación de los campos minados para realizar todas las acciones necesarias que permitan una Colombia libre de minas y lograr la paz que tanto deseamos”.
jjimenez@elespectador.com
@juansjimenezh