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Federación de Voleibol demandó a la Presidencia y al Ministerio de Deporte

El documento que reposa en el Consejo de Estado busca tumbar una norma que establece la organización de las agrupaciones que practican dicho deporte. La modalidad implementada por el Ministerio es que se debe hacer por discapacidad o práctica deportiva.

Redacción Judicial

14 de diciembre de 2021 - 06:00 a. m.
Colombia le ganó tres sets a uno a Argentina, en el Suramericano de Voleibol Femenino, en Barrancabermeja.
Foto: FCV
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En el despacho del magistrado del Consejo de Estado, Roberto Serrato, reposa una demanda que presentó la Federación Colombiana de Voleibol en contra del departamento administrativo de la Presidencia y el Ministerio de Deporte con la que buscan tumbar un artículo del Decreto 520 de 2021 que cambió la forma en la que se organizan los organismos deportivos. En ella quedó consignada que la agrupación se debe hacer por deporte o por discapacidad de acuerdo con los lineamientos del Comité Paralímpico Internacional.

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El reproche de la Federación radica en que no existe un soporte normativo que argumente la intención de realizar dicho cambio. Eso, sumado a que la ley no referencia las supuestas normas internacionales vigentes del Comité que obliga a que la organización de los equipos se haga de esa manera. Para soportar que la norma está errada, la Federación, en un documento de 19 páginas explicó que se encuentra adscrita a la World ParaVolley que es una organización reconocida por el Comité Internacional y es la única responsable de la gobernanza, planificación y gestión de todas las formas de practicar voleibol.

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Desde 2011, la Federación Colombiana de Voleibol por medio de su afiliación a la World ParaVolley, acogió la disciplina de voleibol paralímpico la cual está dirigida a personas con discapacidad física, por lo cual, incluyen las modalidades de voleibol sentado (coliseo y playa), voleibol playa de pie, y voleibol de pie coliseo. Bajo esos lineamientos, la Federación se ha encargado del desarrollo de estas modalidades, donde ha participado en tres ediciones de Juegos Parapanamericanos, una de Juegos Paracentroamericanos, una copa intercontinental, y torneos de intercambio con países de América.

Las directrices que vienen inmersas en el ordenamiento de la World ParaVolley son acogidas por todas las instituciones que hacen parte de la misma. Además, deben y pagar la cuota de membresía con la cual el miembro acepta la Constitución de la entidad, el Código de Clasificación Mundial, el Código Médico, el Código Antidopaje, y todas las demás obligaciones financieras y de otro tipo dando cabida a que solo puede haber un organismo reconocido por nación.

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De acuerdo con la Federación, en desconocimiento de lo anterior, el Ministerio del Deporte mantuvo una “posición arbitraria”, carente de fundamento y motivación jurídica, contrariando las manifestaciones de la World ParaVolley y, a juicio, de la entidad sostuvo de forma errada que “la normatividad internacional vigente es el Handbook del Comité Paralímpico Internacional, que determina que los organismos deportivos se organizan por deporte o por discapacidad; así mismo determina cuales se constituyen por federación independiente o cuales integradas al convencional”.

La cartera ministerial resaltó que en el caso específico del ParaVolley, la gobernanza de este deporte la tiene la World ParaVolley (WPV), y determina que esta federación no actúa como equivalente en el deporte convencional. “Frente a su petición, es pertinente aclarar que La Ley 1946 de 2019 tiene como objeto reestructurar el sistema paralímpico colombiano, armonizándolo con las normas internacionales vigentes, según lo expuesto anteriormente, la norma internacional es clara en establecer que el ente internacional es la World ParaVolley (WPV), y que esta organización no rige el deporte convencional”.

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Con el dicho del Ministerio, la Federación en la demanda solicitó imponer una medida cautelar que suspenda de forma provisional la norma hasta que se tome una decisión de fondo. “Como bien se desarrolló en el presente escrito de demanda, la interpretación hecha por el Ministerio del Deporte y que quedó plasmada en el artículo objeto de nulidad, pueden llegar a tener consecuencias jurídicas adversas para el voleibol paralímpico”.

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Lo anterior, según la Federación, el artículo que hoy se demanda busca lograr la constitución de Federaciones de Deporte no convencional, independientes y autónomas y para el caso que ocupa, la creación de una Federación Colombiana De Voleibol Sentado, generaría una serie de dificultades debido a que existiría una dualidad de liderazgos frente al Voleibol Paralímpico, así como , la perdida de recursos económicos invertidos en el desarrollo del deporte por parte de la Federación Colombiana de Voleibol así como el desarrollo deportivo alcanzado hasta la fecha.

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Así, lo que pretende la Federación con la medida cautelar es salvaguardar el interés no solo de los deportistas del voleibol paralímpico, sino que también los intereses de las federaciones reconocidas por el World ParaVolley, quienes en su trayectoria han logrado posicionar y gestionar de la mejor manera este deporte en el país.

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