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Fiscal General no puede ser investigado fiscalmente por la Contraloría: Corte Constitucional

El alto tribunal determinó que este tipo de situaciones las debe adelantar la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

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Redacción Judicial
09 de julio de 2015 - 07:45 p. m.
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La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la Contraloría General de la República no es la competente para investigar fiscalmente al Fiscal General. Esto al determinar que este tipo de procesos contra el jefe del ente investigador únicamente deben ser asumidos por la Comisión Acusación de la Cámara de Representantes.

Al fallar una tutela a favor del fiscal General, Eduardo Montralegre quien argumentaba que la entonces jefe deleite de control fiscal, Sandra Morelli Rico se había extralimitado en sus funciones al dar apertura a una investigación en su contra por un supuesto detrimento patrimonial cuando fungía como asesor jurídico del Grupo SaludCoop.

En la acción judicial el jefe del ente investigador aseguró que con la apertura de la investigación por parte de la Contraloría Delegada para el Sector Defensa y Justicia había desconocido su fuero constitucional.

La Sala acogió los argumentos del magistrado ponente Luis Guillermo Guerrero, quein aseguró que en efecto la Contraloría carecía de competencia para hacerle un control fiscal a los altos dignatarios del Estado.

En este sentido aseguró que la Constitución es clara frente al tema de los aforados constitucionales. Ante esto se señala que se debe garantizar el respeto por los cargos que ocupan y las instituciones que representan.

Pese a que la Contraloría General archivó dicho proceso, el Fiscal General argumentó que se le había vulnerado su derecho al debido proceso. En primera instancia, el Tribunal Administrativo rechazó la acción por improcedente.

El caso llegó a la Corte Suprema después de una apelación presentada por el jefe del ente investigador. El alto tribunal indicó en su sentencia que la Contraloría General no tenía las competencias.

Por Redacción Judicial

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