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La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Fiscalía General al pago de una indemnización a los estudiantes de la Universidad de Antioquia que fueron detenidos en el marco de una manifestación en contra del Tratado de Libre Comercio (TLC) el 10 de febrero de 2005. En la protesta se presentó un enfrentamiento con agentes de la Policía Nacional y el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).
En los hechos “varias personas resultaron heridas y otras perdieron la vida como consecuencia de un incendio ocasionado por la indebida manipulación de artefactos explosivos que algunos de los manifestantes efectuaron en cercanías al laboratorio de química”. Las autoridades detuvieron a un grupo de estudiantes señalándolos de haber ocasionado el fuego.
Los estudiantes, quienes resultaron además heridos con el incendio, aseguraron que nada tenían que ver con estos hechos. Sin embargo, la Fiscalía General le imputó delitos de terrorismo, rebelión y hurto, además solicito que fueran cobijados con medida de aseguramiento en centro carcelario. Los manifestantes estuvieron un año privados de su libertad por preclusión del caso.
En el debate jurídico, el tribunal de lo contencioso administrativo consideró que en el proceso penal la Fiscalía General no contaba con los elementos materiales probatorios en contra de los estudiantes. Estos errores le causaron a los estudiantes y a sus familiares un daño material y moral puesto que estuvieron un año detenidos enfrentando un juicio por delitos muy graves.
“En esa medida, al no verificarse un actuar gravemente culposo o mal intencionado de Natalia Tanagrife Avenadño y Juan David Ordóñez López, relacionado directa y exclusivamente con el menoscabo que les fue irrogado –privación de la libertad-, nada obsta para que estos aboguen por la reparación del daño antijurídico causado durante 14.85 meses”, precisa la decisión.
Igualmente se ordenó hacer un acto de reconocimiento público de la actuación errada por parte de al Fiscalía General. “Además de ser estudiantes de la Universidad de Antioquia y de resultar lesionados con ocasión de los graves hechos acaecidos el 10 de febrero de 2005 en el claustro educativo, ninguna actuación adicional, de conformidad con los medios de convicción existentes, puede decirse que se emprendieron”.