La fiscal octava delegada ante la Corte Suprema le solicitó al juez 65 de garantías que emita una medida restrictiva para salir del país al exsecretario jurídico de la Presidencia, Edmundo del Castillo en el marco del proceso penal que se le adelanta por su presunta participación y conocimiento en el denominado escándalo de las ‘chuzadas’ del DAS.
Esto, argumentó la fiscal, con el fin de garantizar la presencia del exfuncionario en el proceso. En su intervención manifestó que se debe garantizar un juicio justo, rápido y efectivo sin dilaciones, hecho por el cual se deben tomar medidas para evitar la fuga de los procesados lo que afectaría la administración de justicia.
“Con relación a Edmundo del Castillo y Diego Álvarez Betancour debe indicar la Fiscalía que si bien los dos tienen fijado su domicilio en Colombia ambos reportan varios registros migratorios recientes circunstancia indicativa de la posibilidad para salir del país”, precisó la delegada de la Fiscalía.
En este sentido señaló que “Edmundo del Castillo registra 139 movimientos migratorios con múltiples destinos entre ellos los Estados Unidos, varios países de Centroamérica, Sudamérica y Europa. El último registro corresponde a esta anualidad el 27 de marzo cuando salió del país desde ElDorado con destino a Londres”.
Mientras que el abogado Diego Álvarez Betancour registra 50 movimientos migratorios con múltiples destinos a los Estados Unidos y Panamá. El último corresponde al pasado 20 de abril saliendo desde el aeropuerto ElDorado con destino a Nueva York y regresando el 26 de abril siguiente.
Debido a esta circunstancia se solicitó una medida no restrictiva de la libertad a los dos procesados bajo una restricción para salir del país. Debido a que no tienen antecedentes penales o disciplinarios no se cumplen los requisitos para solicitar que sea enviado a la cárcel.
“Teniendo en cuenta que a pesar de inferir razonablemente la falta de voluntad de los implicados para someterse a la justicia, la real posibilidad para abandonar el país en su caso la restricción del derecho de libre circulación fuera del territorio nacional permitirá a las autoridades garantizar su comparecencia y lograr la materialización de la sanción que eventualmente pudiese llegar a imponérseles”, señaló.
Debido a esto la fiscal señaló que “la realización de fines legítimos como la efectividad de la justicia se pueden lograr sin acudir a la privación de la libertad como medida cautelar durante el transcurso del proceso”. Ante esto se le pide al juez que tome las medidas para evitar que el exfuncionario de Presidencia y el abogado salgan del país.
“La finalidad de esta solicitud tal como se adujo en precedencia corresponde igualmente a la necesidad de garantizar su comparecencia en el proceso y el cumplimento de una eventual condena. No obstante, en su caso resultaría desproporcionado e inoperante imponer una medida de aseguramiento al salir del país”, precisó.
Esto debido a que la defensa de Velásquez ha acreditado que reside hace varios años fuera del país. “Esa situación fue la que determinó el aval del juez de garantías para adelantar esta audiencia vía teleconferencia coordinada con el consulado de Colombia en Roma”.
Sin embargó señaló que para la Fiscalía es evidente la necesidad de imponer una medida de aseguramiento porque este ciudadano cuenta con autorización para transitar libremente por los estados de hacen parte de la comunidad Schengen”. Además se resaltó que fungió como embajador de Colombia ante el Vaticano.
“Es imperioso resaltar que en la actualidad no existe un convenio o tratado de extradición vigente entre Colombia e Italia, circunstancia que limita las posibilidades de las autoridades nacionales para ejercer medidas coercitivas que permitan hacer efectiva una eventual condena”, explicó.
Para garantizar la recta administración de justicia la fiscal solicitó que el deber de prestación tenga una regularidad de 30 días y que la misma se haga ante el cónsul de Colombia en Italia o ante la autoridad consular más cercana a la vivienda del imputado. “Además de imponer la obligación de presentarse a las audiencias en las que se sea necesaria a través de los medios técnicos”.
La Fiscalía General le imputó el delito de concierto para delinquir el cual tampoco aceptó.