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                                                                                                                              Gobierno seguirá a cargo del Fondo Nacional del Ganado: Consejo de Estado

                                                                                                                              El alto tribunal negó la solicitud hecha por Fedegán, que pretendía suspender la aplicación del decreto que le quitó la administración del Fondo Nacional del Ganado.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              José Félix Lafaurie, presidente de Fedegán. / Foto: Archivo.

                                                                                                                              Culminó un nuevo capítulo en el pleito entre la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) y el Ministerio de Agricultura. La pelea empezó en enero de este año a causa del decreto 2537 del 2015, mediante el cual el Gobierno le quitó a Fedegán la administración de los recursos parafiscales de la actividad ganadera en el país. Es decir, no dejó que continuara administrando el Fondo Nacional del Ganado (FNG). Ahora, la Sección Primera del Consejo de Estado falló en contra de las pretensiones de Lafaurie para suspender de manera provisional el polémico decreto.

                                                                                                                              En su demanda, el director de Fedegán argumentó tres cosas. La primera, que en la expedición de dicho decreto el presidente Juan Manuel Santos actuó “con desviación de poder”. Según él, después de terminar el contrato con Fedegán el 31 de diciembre de 2015 para la administración del FNG, “el Ministerio (de Agricultura) aplicó el decreto con el propósito de aplicárselo a Fedegán, sin darle oportunidad a ésta de defenderse” El segundo, que con la aplicación he dicho decreto se violó además el principio constitucional de confianza legítima.

                                                                                                                              Es claro, señaló Fedegán en su demanda, “que la expedición del decreto acusado el día 29 de diciembre y publicado el 30, tuvo la finalidad de ser aplicado al contrato con Fedegán que expiraba el 31 de diciembre, es decir: el mismo día de su entrada en vigencia”. En ese sentido, Fedegán esgrimió su tercer punto: que la norma se aplicó a “hechos acaecidos en años anteriores”. Señaló además que supuestamente el decreto “viola normas constitucionales”, pues permite su aplicación a situaciones ocurridas en el pasado.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Asimismo, el Consejo de Estado se opuso a la tesis que interpuso Fedegán sobre los presuntos “intereses extraños” del presidente Santos al echar a andar el decreto ya mencionado. De acuerdo con Fedegán, el hecho de que el decreto entrara en vigencia “horas antes” de la terminación de su contrato con el Ministerio de Agricultura, así como la contratación directa que se hizo con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. (Fiduagraria) para la administración de las citadas contribuciones parafiscales, fueron actuaciones amañadas.

                                                                                                                              “A diferencia de lo que sostiene el actor (Fedegán), el hecho indicado no conduce a deducir que el Presidente de la República persiguió una finalidad extraña al interés general con la expedición del Decreto 2537 de 2015, en la medida en que es una reglamentación aplicable no solo a la Federación Colombiana de Ganaderos sino a todos los administradores de contribuciones parafiscales agropecuarias y pesqueras siguiendo la norma reglamentada”, dijo en su concepto el Consejo de Estado.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Aun así, el lío entre Fedegán y el Gobierno está lejos de haber llegado a su cierre, pues el fallo del Consejo de Estado solo se ocupó de la solicitud puntual para suspender el decreto, mientras la demanda por lo ocurrido se estudia en otra instancia judicial. Todavía falta que se estudie la aplicación que el Gobierno Nacional dio a dicho decreto reglamentario para saber si en efecto se violaron los derechos de Fedegán o si simplemente, es una pugna por el FNG, que cada año deja hasta $100.000 millones en parafiscales.

                                                                                                                              José Félix Lafaurie, presidente de Fedegán. / Foto: Archivo.

                                                                                                                              Culminó un nuevo capítulo en el pleito entre la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) y el Ministerio de Agricultura. La pelea empezó en enero de este año a causa del decreto 2537 del 2015, mediante el cual el Gobierno le quitó a Fedegán la administración de los recursos parafiscales de la actividad ganadera en el país. Es decir, no dejó que continuara administrando el Fondo Nacional del Ganado (FNG). Ahora, la Sección Primera del Consejo de Estado falló en contra de las pretensiones de Lafaurie para suspender de manera provisional el polémico decreto.

                                                                                                                              En su demanda, el director de Fedegán argumentó tres cosas. La primera, que en la expedición de dicho decreto el presidente Juan Manuel Santos actuó “con desviación de poder”. Según él, después de terminar el contrato con Fedegán el 31 de diciembre de 2015 para la administración del FNG, “el Ministerio (de Agricultura) aplicó el decreto con el propósito de aplicárselo a Fedegán, sin darle oportunidad a ésta de defenderse” El segundo, que con la aplicación he dicho decreto se violó además el principio constitucional de confianza legítima.

                                                                                                                              Es claro, señaló Fedegán en su demanda, “que la expedición del decreto acusado el día 29 de diciembre y publicado el 30, tuvo la finalidad de ser aplicado al contrato con Fedegán que expiraba el 31 de diciembre, es decir: el mismo día de su entrada en vigencia”. En ese sentido, Fedegán esgrimió su tercer punto: que la norma se aplicó a “hechos acaecidos en años anteriores”. Señaló además que supuestamente el decreto “viola normas constitucionales”, pues permite su aplicación a situaciones ocurridas en el pasado.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Asimismo, el Consejo de Estado se opuso a la tesis que interpuso Fedegán sobre los presuntos “intereses extraños” del presidente Santos al echar a andar el decreto ya mencionado. De acuerdo con Fedegán, el hecho de que el decreto entrara en vigencia “horas antes” de la terminación de su contrato con el Ministerio de Agricultura, así como la contratación directa que se hizo con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. (Fiduagraria) para la administración de las citadas contribuciones parafiscales, fueron actuaciones amañadas.

                                                                                                                              “A diferencia de lo que sostiene el actor (Fedegán), el hecho indicado no conduce a deducir que el Presidente de la República persiguió una finalidad extraña al interés general con la expedición del Decreto 2537 de 2015, en la medida en que es una reglamentación aplicable no solo a la Federación Colombiana de Ganaderos sino a todos los administradores de contribuciones parafiscales agropecuarias y pesqueras siguiendo la norma reglamentada”, dijo en su concepto el Consejo de Estado.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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