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La absolución disciplinaria que obtuvieron el coronel Luis Francisco Medina y los mayores Hiznardo Alberto Zambrano y Luis Eduardo Castillo, proferida por el procurador Alejandro Ordóñez hace 10 días, no es el epílogo de la historia de estos tres oficiales del Ejército, investigados por el asesinato de tres sindicalistas de Arauca. Además de que la decisión de Ordóñez será apelada ante el Consejo de Estado y se divulgará en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los uniformados todavía tienen que responder ante la justicia por estos hechos.
Medina, Zambrano y Castillo se encuentran actualmente recluidos, luego de que la Fiscalía 20 de la Unidad de Derechos Humanos ordenara medida de aseguramiento en su contra. En su determinación, el fiscal también le solicitó al Ministerio de Defensa suspender a los tres militares de sus cargos. En esta providencia de 74 páginas, conocida por El Espectador, el organismo investigador estableció que el delito por comprobar es homicidio agravado, y se negó a calificarlo como un crimen de lesa humanidad, en respuesta a un requerimiento de la parte civil.
Jorge Prieto, Leonel Goyeneche y Héctor Martínez eran el presidente seccional de la Asociación de Trabajadores Hospitalarios (Anthoc), el tesorero de la Central Unitaria de Trabajadores (Cut) y el presidente de la Asociación Departamental de Usuarios Campesinos, respectivamente, cuando el 5 de agosto de 2004, en medio de la operación militar ‘Tormenta I’, murieron a manos de soldados de un pelotón antiguerrilla adscrito al grupo mecanizado Reveiz Pizarro. En su reciente fallo, Ordóñez confirmó la destitución e inhabilidad por 20 años de un subteniente y tres soldados profesionales, pero exculpó a los tres oficiales mencionados.
Según el Procurador, no hubo pruebas que demostraran un acuerdo entre estos uniformados y los autores materiales del hecho criminal. La Fiscalía, sin embargó, anotó que hay suficientes indicios para calificar de “grave” la participación de Medina, Bravo y Arbeláez en la operación ‘Tormenta I’. El organismo resaltó la marcada tendencia militar de tildar de subversivas a las organizaciones sociales y sindicales, en especial si se tiene en cuenta que los asesinados tenían orden de captura. Los hombres contaban, además, con medidas cautelares de la Comisión Interamericana.
La Fiscalía explicó que los sindicalistas tenían orden de arresto para indagatoria por el delito de rebelión, pero descartó que ello justificara los homicidios. Si bien aceptó que el mayor Ordóñez y el coronel Medina habían llegado a Reveiz Pizarro poco antes de los homicidios, el ente investigador resaltó que los sindicalistas no eran desconocidos para este grupo militar, tal cual lo comprobaban sus documentos de inteligencia, y tomó en cuenta el testimonio de Samuel Morales, otro sindicalista que fue detenido en esa operación y quien aseveró que en las instalaciones castrenses escuchó a militares reclamar porque él no había sido “dado de baja” como sus compañeros.
En sus declaraciones, los oficiales argumentaron que no tuvieron responsabilidad directa en lo ocurrido, se limitaron a planear la operación, pero nunca instaron a los soldados a cometer actividades ilegales. No obstante, la Fiscalía, al observar que no hubo intercambio de disparos y que la escena del crimen fue alterada, considera que lo acontecido en el sector de Caño Seco (Arauca) fue más que un error de juicio de unos soldados guiados por un desmovilizado del Eln. Y que por tal acontecimiento, hay una responsabilidad a la que deben atenerse los altos mandos de este grupo militar.