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Inpec autorizó visitas íntimas y permisos de 72 horas a privados de la libertad

Las medidas deben estar avaladas por las secretarías de salud de las diferentes ciudades y departamentos donde están ubicados los penales.

16 de marzo de 2021 - 02:45 a. m.
Cárcel de San Gil (Santander).
Cárcel de San Gil (Santander).
Foto: INPEC

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) autorizó las visitas íntimas dentro de las cárceles del país y los permisos de 72 horas para las personas privadas de la libertad, medidas que se habían visto restringidas para controlar la propagación del Covid-19. Sin embargo, el Inpec aclaró que la programación y el reinicio de estos beneficios deben contar con el concepto favorable de la secretaría municipal o distrital de salud de cada jurisdicción. (Lea también: Inició la vacunación contra el COVID-19 en las cárceles del país)

Además, el Instituto señaló que la suspensión o restricción de estas medidas estará sujeta al surgimiento de casos del Covid-19, particular de cada estructura, pabellón o celdas sectorizadas de cada establecimiento de reclusión, así como a las disposiciones y recomendaciones de la secretaría municipal o distrital de salud de cada jurisdicción. Además, las visitas íntimas entre privados de la libertad estarán sujetas a la programación que realice cada establecimiento de reclusión.

Sobre el permiso de 72 horas:

A todas las personas privadas de que salgan del establecimiento carcelario, se les debe realizar el examen médico de egreso, con el objetivo de identificar si presenta síntomas y/o signos de infección por Covid-19. En caso de que se diagnostique positivo, se deberá suspender la salida de la persona.

Y todas las personas que regresen al establecimiento de reclusión, posterior a su permiso, deben ser sometidas a tamizaje de ingreso y cumplir un periodo de aislamiento de 14 días. Al séptimo día se deberán practicar una nueva prueba PCR para Covid-19.

Sobre la visita íntima:

El Inpec señala que se realizará la programación de visitas íntimas fijando los días, pabellones, celdas y género de acuerdo con las capacidades, espacios y características de cada establecimiento. Además, indica el Instituto que la programación debe establecer el ingreso de un visitante por cada privado de la libertad, por cada periodo de aislamiento de 14 días.

Asimismo, se autorizan las visitas familiares tipo entrevista para los privados de la libertad que no reciben visita íntima. Y, en el caso de las personas privadas de la libertad con morbilidades preexistentes identificadas como factores de riesgo para Covid-19, podrán recibir visitas íntimas, en el momento que completen su esquema de vacunación. (Le puede interesar: El olvido de los derechos ancestrales: indígenas en las cárceles y Covid-19)

El Inpec también estableció que las personas visitantes deben diligenciar un formato de consentimiento voluntario para el ingreso a las áreas destinadas para las visitas íntimas con los privados de la libertad. Finalmente, el instituto señaló que los directores de los establecimientos de reclusión, como jefes de Gobierno Interno, serán los encargados de hacer el despliegue necesario para la reactivación de visitas y beneficios.

“En todos casos es importante recordar que evitar el contagio es compromiso de todos y tanto internos como visitantes deben acatar las medidas de bioseguridad, en caso de incrementarse el contagio de COVID-19 en algún establecimiento, las medidas dispuestas serán suspendidas de manera inmediata para evitar la propagación del virus”, concluyó el Inpec.

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